SIN INFORMACION

VIERGENIE SAINCILUS / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

26 de abril de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: A folio 1, se interpone recurso de amparo en nombre y favor de Viergenie Saincilus, de nacionalidad haitiana, cédula de identidad para extranjeros N°27.228.478-4, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Funda su arbitrio señalando que la amparada solicitó la residencia definitiva, y la fecha, no le ha sido remitido el certificado correspondiente a su correo electrónico, conocido como Solicitud de Residencia definitiva en Trámite, lo que le permitirá, entre otras cosas, poder demostrar su situación regular en el país frente a terceros. Destaca que el amparado solicitó el beneficio migratorio hace más de 6 meses, excediendo los plazos administrativos referente al principio de conclusión administrativo para que Servicio Nacional de Migraciones se pronuncie respecto de la solicitud sublite. Concluye que al no tenerse el certificado que su representada demanda, no es posible aplicar el último inciso del artículo 43 de la Ley N°21.325, sobre Migraciones, no pudiendo entenderse vigente su cédula de identidad vencida. Junto a lo anterior, al no tener dicho certificado, no es posible que su representada pueda ingresar y egresar del territorio nacional, encontrándose limitada su capacidad de desplazamiento. Indica que la fecha el recurrente no ha recibido ninguna respuesta por parte del servicio recurrido, ni se ha liberado la orden de giro correspondiente al beneficio solicitado, lo que la mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre ante un trámite por demás demorado. Solicita se ordene al Servicio Nacional de Migraciones emitir el certificado de solicitud de visa definitiva de mi representada. A folio 6, rola informe de la Dirección Regional de Valparaíso del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo en todas sus partes de la acción, ya que la presente acción de protección (sic) ha perdido oportunidad y eficacia al haberse pronunciado este Servicio respecto de la solicitud de residencia definitiva del recurrente. Indica que

Fundamentos

CONSIDERANDO: Que, del mérito de los antecedentes acompañados por la recurrida a folio 6, específicamente Resolución Exenta N° 24004916, de fecha 04 de enero de 2024, consta que se declaró inadmisible por improcedente, la solicitud de permanencia definitiva ID 40173722, ingresada con fecha 12 de febrero de 2022, por la extranjera doña Viergenie Saincilus de nacionalidad Haitiana, razón por la cual no existe a la fecha acto que enmendar por la presente acción, atendido que la tramitación de la solicitud se encuentra concluida, motivo suficiente para rechazar el recurso por haber perdido oportunidad.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, la acción constitucional de amparo deducida a favor de Viergenie Saincilus, en contra del Servicio Nacional de Migraciones Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-709-2024. En Valparaíso, veintiséis de abril de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiséis de abril de dos mil veinticuatro. Visto: A folio 1, se interpone recurso de amparo en nombre y favor de Viergenie Saincilus, de nacionalidad haitiana, cédula de identidad para extranjeros N°27.228.478-4, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Funda su arbitrio señalando que la amparada solicitó la residencia definitiva, y la fecha, no le ha sido

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