TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE VILLARRICA

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

25 de abril de 2024

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.

Resultado

ABANDONADO RECURSO

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Hechos

VISTO: Atendido el mérito de la certificación precedente y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 358 inciso 2° del Código Procesal Penal, se declara ABANDONADO el recurso de apelación interpuesto por el abogado Ítalo Andrés Mella Contreras, en contra de la resolución de fecha dieciocho de marzo de dos mil veinticuatro, que consta en la carpeta digital. Comuníquese lo resuelto al Tribunal A quo y agréguese a la carpeta digital. Rol N° Penal-739-2024.(jog)

Fallo

se declara ABANDONADO el recurso de apelación interpuesto por el abogado Ítalo Andrés Mella Contreras, en contra de la resolución de fecha dieciocho de marzo de dos mil veinticuatro, que consta en la carpeta digital. Comuníquese lo resuelto al Tribunal A quo y agréguese a la carpeta digital. Rol N° Penal-739-2024.(jog)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, veinticinco de abril de dos mil veinticuatro. Al folio N° 9 y N° 10: Téngase presente. Al folio N° 11: Atendido lo dispuesto en el artículo 357 del Código Procesal Penal, no ha lugar a lo solicitado. VISTO: Atendido el mérito de la certificación precedente y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 358 inciso 2° del Código Procesal Penal, se declara ABANDONADO el recurs

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