25º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

SARMIENTO/SEPÚLVEDA

Rol

Fecha

25 de abril de 2024

Materia

CONTRATO, CUMPLIMIENTO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, y por estimar estar Corte que de la resolución impugnada, no se entiende que haya precluido el derecho del articulista, se revoca la resolución apelada de veintiuno de febrero de dos mil veinticuatro, -que rola a folio 17 del cuaderno 6.0 de Incidente General- dictada por el Vigésimo Quinto Juzgado Civil de Santiago, en causa C-2318-2017, y en su lugar se declara que el juez a quo deberá dar curso a la tercería de dominio como en derecho corresponda. Comuníquese. N°Civil-4352-2024. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por el Ministro señor Antonio Ulloa Márquez, el Ministro (S) señor Fernando Guzmán Fuenzalida y la Abogado Integrante señora Claudia Candiani Vidal. En Santiago, veinticinco de abril de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Fallo

se declara que el juez a quo deberá dar curso a la tercería de dominio como en derecho corresponda. Comuníquese. N°Civil-4352-2024. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por el Ministro señor Antonio Ulloa Márquez, el Ministro (S) señor Fernando Guzmán Fuenzalida y la Abogado Integrante señora Claudia Candiani Vidal. En Santiago, veinticinco de abril de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de abril de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, y por estimar estar Corte que de la resolución impugnada, no se entiende que haya precluido el derecho del articulista, se revoca la resolución apelada de veintiuno de febrero de dos mil veinticuatro, -que rola a folio 17 del cuaderno 6.0 de Incidente General- dictada por el Vi

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