SARMIENTO/SEPÚLVEDA
Rol
Fecha
25 de abril de 2024
Materia
CONTRATO, CUMPLIMIENTO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, y por estimar estar Corte que de la resolución impugnada, no se entiende que haya precluido el derecho del articulista, se revoca la resolución apelada de veintiuno de febrero de dos mil veinticuatro, -que rola a folio 17 del cuaderno 6.0 de Incidente General- dictada por el Vigésimo Quinto Juzgado Civil de Santiago, en causa C-2318-2017, y en su lugar se declara que el juez a quo deberá dar curso a la tercería de dominio como en derecho corresponda. Comuníquese. N°Civil-4352-2024. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por el Ministro señor Antonio Ulloa Márquez, el Ministro (S) señor Fernando Guzmán Fuenzalida y la Abogado Integrante señora Claudia Candiani Vidal. En Santiago, veinticinco de abril de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Fallo
se declara que el juez a quo deberá dar curso a la tercería de dominio como en derecho corresponda. Comuníquese. N°Civil-4352-2024. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por el Ministro señor Antonio Ulloa Márquez, el Ministro (S) señor Fernando Guzmán Fuenzalida y la Abogado Integrante señora Claudia Candiani Vidal. En Santiago, veinticinco de abril de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de abril de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, y por estimar estar Corte que de la resolución impugnada, no se entiende que haya precluido el derecho del articulista, se revoca la resolución apelada de veintiuno de febrero de dos mil veinticuatro, -que rola a folio 17 del cuaderno 6.0 de Incidente General- dictada por el Vi
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