SIN INFORMACION

ORTEGA / COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DE LA REGIÓN DE VALPARAÍSO

Rol

Fecha

25 de abril de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: A folio 1, con fecha 22 de abril de 2024, comparece la defensora penal publica Marcia Vega Moreno, deduciendo recurso de amparo en favor de Claudio Alberto Ortega Orellana en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, por la dictación de la resolución que se rechaza la postulación del amparado, en virtud de los antecedentes de hecho y de derecho que expone. Sostiene que el amparado cumple una pena de 3 años y 1 día, de presidio menor en su grado máximo, por su responsabilidad como autor de un delito de receptación de especies, sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, de fecha 18 de octubre 2022. Refiere que el cumplimiento se inició el 27 de octubre de 2021, con fecha de término fijada para el 28 de octubre de 2021 y fecha de postulación a la libertad condicional para el 28 de abril de 2023. Hace presente que su calificación es Muy Buena durante los últimos seis bimestres, lo que constituye una conducta intachable, siendo clasificado con bajo compromiso delictual, siendo padre de dos niños, a sus 32 años. Agrega que hace uso de permiso de salida ordinario de salida trimestral desde el 28 de marzo del año en curso. Luego de reseñar la normativa aplicable, hace presente que el amparado ha dado cumplimiento a los requisitos exigidos para acceder al beneficio, entre ellos el tiempo de la condena, el cumplimiento de un tiempo mínimo, mantener buena conducta, y contar con un informe realizado por equipo de Gendarmería de Chile, sin embargo, el beneficio no ha sido concedido, lo que se considera un acto ilegal que afecta su libertad personal. Explica que, la ley no exige que se haya obtenido la resocialización completa del amparado, ni tampoco que el informe cuente con una opinión favorable al beneficio, por lo que pide que se conceda de manera inmediata su libertad condicional. A folio 4, con fecha 23 de abril de 2024, informa el presente recurso el Jefe del Centro de Estudio y Trabajo de Valparaíso, quien

Fundamentos

considerando anterior, el amparado cumple con los requisitos establecidos en el artículo 3 del Decreto Ley N 321, por lo que procede concederle el beneficio de la Libertad Condicional.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge el recurso de amparo interpuesto en favor de Claudio Alberto Ortega Orellana, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, otorgándole el beneficio de Libertad Condicional. Conforme a lo resuelto, se ordena su inmediata libertad si no estuviese privado de ella por otra causa. Regístrese, notifíquese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-749-2024. En Valparaíso, veinticinco de abril de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinticinco de abril de dos mil veinticuatro. Visto: A folio 1, con fecha 22 de abril de 2024, comparece la defensora penal publica Marcia Vega Moreno, deduciendo recurso de amparo en favor de Claudio Alberto Ortega Orellana en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, por la dictación de la resolución que se rechaza la postulación del amparado,

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