ROJAS/GONZÁLEZ
Rol
Fecha
24 de abril de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Andrés Rojas Zúñiga, apoderado de la parte demandante en los autos caratulados “Sindicato de Trabajadores Empresa La Araucana C.C.A.F. con Empresa La Araucana C.C.F.A.”, seguidos ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago bajo el RIT O-1835-2023, quien en virtud de lo dispuesto en el artículo 199 del Código Orgánico de Tribunales pide se declare inhabilitada para conocer del referido proceso a la magistrada señora Daniela de los Ángeles González Martínez, en virtud de la causal de recusación del artículo 196 N° 10 del mismo cuerpo legal, fundado en expresiones vertidas por la señalada magistrada en ejercicio de su ministerio en la audiencia celebrada el 14 de diciembre de 2023. Indica que los autos se iniciaron con una medida prejudicial referida a información solicitada por la organización sindical a la demandada respecto al Incentivo Anual Variable 2021 y 2022, en cuanto a determinar el detalle de cada operación que le dio origen y la forma empleada para su cálculo, basado en la obligación del artículo 54 bis del Código del Trabajo, precisando que no existe diferencia respecto a la periodicidad de las remuneraciones. Agrega que la acción ordinaria deducida posteriormente fluye en el mismo sentido, es decir, que la norma citada no distingue en cuanto al origen de los estipendios, sus condiciones de pago, ni ninguna otra característica, es decir, que la obligación es exigible respecto de cualquier tipo de remuneración. Además, en el otrosí de la demanda se solicita que se declare a la demandada incursa respecto de los documentos solicitados exhibir, lo que el tribunal resolvió que se reiterara en su oportunidad. Explica que en el proceso se ha solicitado la exhibición a la demandada de liquidaciones de remuneraciones de abril de 2021 y 2022 de conformidad con el artículo 54 bis del Código del Trabajo, entregadas a los trabajadores, en ese periodo, conforme el inciso 3° del artículo 54 del
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en el artículo 199 del Código Orgánico de Tribunales, se rechaza el incidente promovido por el abogado Andrés Rojas Zúñiga, apoderado de la parte demandante en los autos caratulados “Sindicato de Trabajadores Empresa La Araucana C.C.A.F. con Empresa La Araucana C.C.F.A.”, seguidos ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago bajo el RIT O-1835-2023. Comuníquese lo resuelto al Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, regístrese y archívese en su oportunidad. N°Laboral-Cobranza 4485-2024.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veinticuatro de abril de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Andrés Rojas Zúñiga, apoderado de la parte demandante en los autos caratulados “Sindicato de Trabajadores Empresa La Araucana C.C.A.F. con Empresa La Araucana C.C.F.A.”, seguidos ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago bajo el RIT O-1835-2023, quien en virtud de
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica