CLINICA MÉDICA Y ODONTOLOGICA DENTAVITAL LTDA/SILVIA DEL CARMEN ARANEDA VARELA Y OTRO
Rol
Fecha
24 de abril de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: Atendido que la materia a que alude el recurso se refiere a la existencia, ejecución, cumplimiento y efectos de un contrato, lo que excede los términos del recurso de protección, toda vez que para pronunciarse sobre aquello se requiere determinar las estipulaciones del contrato y de interpretar sus cláusulas, lo que solo puede llevarse a cabo mediante un litigio de lato conocimiento; y de conformidad con lo dispuesto en el N° 2 inciso segundo del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara inadmisible el recurso de protección deducido. Al primer otrosí: Estese al mérito de lo resuelto precedentemente. Al segundo otrosí: A sus antecedentes los documentos; asimismo a sus antecedentes el link aportado, extráiganse su contenido por la unidad que corresponda y guárdense en la carpeta destinada al efecto. Al tercer otrosí: Téngase presente. Al cuarto otrosí: Atendido lo dispuesto en el artículo 50 del Código de Procedimiento Civil, no ha lugar. Regístrese y archívese. N°Protección-9971-2024.
Fallo
Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara inadmisible el recurso de protección deducido. Al primer otrosí: Estese al mérito de lo resuelto precedentemente. Al segundo otrosí: A sus antecedentes los documentos; asimismo a sus antecedentes el link aportado, extráiganse su contenido por la unidad que corresponda y guárdense en la carpeta destinada al efecto. Al tercer otrosí: Téngase presente. Al cuarto otrosí: Atendido lo dispuesto en el artículo 50 del Código de Procedimiento Civil, no ha lugar. Regístrese y archívese. N°Protección-9971-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción SYS/jvm Concepción, veinticuatro de abril de dos mil veinticuatro. A lo principal: Visto: Atendido que la materia a que alude el recurso se refiere a la existencia, ejecución, cumplimiento y efectos de un contrato, lo que excede los términos del recurso de protección, toda vez que para pronunciarse sobre aquello se requiere determinar las estipulaciones del contrato y de interpr
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