JUZGADO DE GARANTIA DE ARAUCO

MP C/ JOSE ANTONIO ANCAN DIAZ

Rol

Fecha

24 de abril de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1°.- Que la defensa de la imputada Maribel Ancan Díaz, se ha alzado en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Arauco, que mantuvo la medida cautelar personal de prisión preventiva a su respecto, quien se encuentra formalizada como autora de los delitos de incendio, receptación de vehículo motorizado y amenaza a funcionario de Carabineros, cuestionando los presupuestos de las letras a), b) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, por lo que solicita revocar la resolución en alzada, sustituyendo la prisión preventiva por las medidas cautelares de privación total de libertad en su casa y arraigo nacional, previstos en artículo 155 letras a) y d) del mismo código. 2°.- Que con el mérito de lo expuesto por los intervinientes en esta audiencia y con los antecedentes hasta ahora reunidos en la causa, en especial el parte denuncia N° 88 de la Primera Comisaría de Carabineros de Arauco, que da cuenta de la dinámica de los hechos y las circunstancia de haber sido sorprendida la imputada conjuntamente con su hermano José Antonio Ancan Díaz, en un vehículo conducido por este último, marca Subaru, de color gris plata, que no portaba su placa patente y que tenía encargo por robo, en cuyo interior portaban un bidón de combustible en el asiento trasero y un encendedor en uno de sus bolsillos el segundo de éstos; el relato de los testigos protegidos N°s. 1 y 2 (un brigadista forestal y un vecino), dando cuenta de los hechos materia de investigación y ubicando a Maribel Ancan Díaz en el sitio del suceso, esto es, en el predio forestal denominado “Yani”, de propiedad de la querellante Forestal Arauco S.A., el que se hallaba con focos de incendio, en una extensión aproximada de una hectárea, imputada que al aproximarse los brigadistas forestales los increpó e impidió desarrollar su labor de controlar el incendio. Asimismo, al concurrir los funcionarios de Carabineros, procedió a insultarlos groseramente; elementos que

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 122, 139, 140 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de dieciséis de abril de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Garantía de Arauco, que mantuvo la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto de la imputada Maribel del Rosario Ancan Díaz. Comuníquese por la vía más rápida y expedita al tribunal de origen. Rol 933-2024 – Penal.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción NGA/mfmm Concepción, veinticuatro de abril de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1°.- Que la defensa de la imputada Maribel Ancan Díaz, se ha alzado en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Arauco, que mantuvo la medida cautelar personal de prisión preventiva a su respecto, quien se encuentra formalizada como autora de los delitos

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