JUZGADO DE GARANTIA DE PUNTA ARENAS

MINISTERIO PUBLICO FISCALIA LOCAL C/VICTOR TOLEDO Y OTROS

Rol

Fecha

24 de abril de 2024

Materia

ATENTADOS Y AMENAZAS CONTRA LA AUTORIDAD. ART. 261 Nº1, 263 Y 264.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Se reproduce la resolución en alzada y se tiene, además, presente: PRIMERO: Que, en la especie, no se han puesto en duda los hechos de la formalización que –en síntesis- dan cuenta de un violento robo con intimidación que afectó al Servicentro Copec, ubicado en Avenida Independencia con 21 de Mayo de esta ciudad, hasta donde en horas de la madrugada llega el vehículo marca BMW color negro conducido por el apelante -Toledo Villarroel- con un grupo de individuos que amenazaron a uno de los bomberos con un arma blanca, sustrayendo $70 mil pesos en efectivo y huyendo en el mismo automóvil en dirección desconocida, siendo ubicados posteriormente por vehículos policiales de Carabineros ante lo que se dieron a la fuga, iniciando una persecución por distintas calles de la ciudad, en la que finalmente el apelante colisionó a una de las patrullas y luego golpea otro móvil de Carabineros, resultando ambos vehículos policiales dañados de forma que tal que la institución policial interpuso una querella en su contra por homicidio frustrado. SEGUNDO: Que, en esta etapa inicial de la investigación aun cuando por ahora no se ha formalizado al apelante por el delito de robo con intimidación referido, si fue encausado por los delitos de que da cuenta la resolución impugnada y se sostiene acción en su contra por la querellante por el delito de homicidio frustrado, existiendo antecedentes de cuyo examen se concluye que se encuentran suficientemente establecidos los requisitos del artículo 140 del Código Procesal Penal por las razones dadas por la Srta. Magistrada de la causa que esta Corte comparte y que no se ven alteradas por las alegaciones del apelante. Asimismo las exigencias de la letra c), que concurren en la especie permiten concluir que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en especial por el número de delitos que se le imputan y el carácter de los mismos, así como la existencia de procesos pendientes y el hecho de haber actu

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 149 del citado código procesal, SE CONFIRMA la resolución en su parte apelada, dictada por el Juzgado de Garantía de esta ciudad en audiencia de quince de abril del año en curso, por la cual se impuso la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Víctor Toledo Villarroel. Comuníquese lo resuelto al Juzgado a quo. Rol N° 189-2024 Penal.

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Punta Arenas, veinticuatro de abril de dos mil veinticuatro. VISTOS: Se reproduce la resolución en alzada y se tiene, además, presente: PRIMERO: Que, en la especie, no se han puesto en duda los hechos de la formalización que –en síntesis- dan cuenta de un violento robo con intimidación que afectó al Servicentro Copec, ubicado en Avenida Independencia con 21 de Mayo de esta ciudad, hasta donde en

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