M.P. C/ CHRISTTIAN AGUERO HIDALGO
Rol
Fecha
24 de abril de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA/COMUNICAR
Hechos
Visto y teniendo presente: Que del mérito de los antecedentes, especialmente, de la naturaleza y gravedad de los hechos investigados, y los antecedentes pretéritos del imputado, se estima que las cautelares personales impuestas a éste resultan insuficientes para resguardar los fines del procedimiento, por estimarse que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, debiendo enmendarse la resolución en alzada en los términos que se dirá. Por lo antes razonado, oídos los intervinientes que concurrieron a la vista de la causa y de conformidad, además, lo dispuesto en los artículos 140, 149, 155, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada dictada en audiencia de veintitres de abril del año en curso, que no dio lugar a la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto del imputado CHRISTTIAN AGUERO HIDALGO, inserta en la carpeta virtual RIT 1-2264-2024 del Juzgado de Garantía de Curicó y, en su lugar, se le impone al referido imputado la cautelar de prisión preventiva. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. N°Penal-890-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Talca Talca, veinticuatro de abril de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo presente: Que del mérito de los antecedentes, especialmente, de la naturaleza y gravedad de los hechos investigados, y los antecedentes pretéritos del imputado, se estima que las cautelares personales impuestas a éste resultan insuficientes para resguardar los fines del procedimiento, por estimarse que la libertad
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