SIN INFORMACION

RECURRENTE:JOSE GUILLERMO FLORES LARA:RECURRIDO:SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

24 de abril de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Con fecha 6 de febrero del año 2024, comparece don José Guillermo Flores Lara, cédula de identidad para extranjeros N°26.867.258-3, de nacionalidad venezolana, y domiciliado en calle Balmaceda N°765, condominio Brisas del Sur, comuna de Rancagua, deduciendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, representado por Luis Thayer Correa, con domicilio en San Antonio N°580, Santiago, por la omisión ilegal y arbitraria en la omisión de la resolución exenta que pone fin al procedimiento administrativo aprobando o rechazando solicitud de permiso de permanencia definitiva. Funda su recurso en que solicitó el beneficio de residencia definitiva con fecha 23 de diciembre de 2021, sin que hasta la fecha de presentación de la acción de marras haya recibido alguna respuesta sobre su solicitud, lo que le ha afectado su estabilidad laboral, perdiendo diversas oportunidades de trabajo. Pide agilizar el proceso de su solicitud. Con fecha 9 de febrero de 2024, compareció la Institución recurrida y, en primer lugar, opuso la excepción de falta de legitimación pasiva, por cuanto el cumplimiento del procedimiento administrativo, en sus diversas etapas, involucra a otros organismos diferentes al Servicio Nacional de Migraciones. Se otorgó traslado de esta alegación a la parte recurrente, el que no fue evacuado. En subsidio, solicitó el rechazo del recurso en todas sus partes, ya que no se configuran los presupuestos constitucionales ni legales para su interposición, debiendo ser considerado como improcedente al no existir acto u omisión de la autoridad que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal que atente en contra de alguna de las garantías reconocidas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República. Luego de señalar el historial migratorio del actor, indica que el día 23 de diciembre de 2021, el recurrente ingreso solicitud de permanencia definitiva, la que se encuentr

Fallo

por tanto el Servicio Nacional de Migraciones el único obligado a emitir tal pronunciamiento, se rechaza tal alegación. II. En cuanto al fondo: 3° Que, mediante el presente recurso se reprocha la excesiva dilación del procedimiento administrativo de solicitud de visa de permanencia definitiva iniciada por el actor con fecha 23 de diciembre de 2021, por cuanto hasta la fecha de interposición de la presente acción constitucional de protección, tal solicitud no ha sido resuelta por la autoridad administrativa. 4° Que, la institución recurrida solicitó el rechazo del recurso por cuanto la solicitud del actor se encuentra actualmente en tramitación, en la etapa de resolución, por lo que no hay afectación a garantías constitucionales ya que cuentan con permanencia regular en Chile, mientras se encuentren en tramitación las peticiones de permanencia definitiva. 5° Que, el recurrente inició la solicitud de permanencia definitiva el día 23 de diciembre de 2021, lo que reitera el recurrido en su informe. Sin perjuicio de ello, con un nuevo análisis de la normativa legal vigente en materia de migración y de la problemática planteada tanto en este recurso como en otros de similar naturaleza, esta Corte procederá a rechazar la presente acción de protección, al evidenciar que la tardanza reclamada no produce una afectación sustancial de los derechos constitucionales del recurrente. En efecto, cabe precisar en primer lugar que el recurso de protección no es una instancia que tenga por ú

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, veinticuatro de abril de dos mil veinticuatro. VISTOS: Con fecha 6 de febrero del año 2024, comparece don José Guillermo Flores Lara, cédula de identidad para extranjeros N°26.867.258-3, de nacionalidad venezolana, y domiciliado en calle Balmaceda N°765, condominio Brisas del Sur, comuna de Rancagua, deduciendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Mi

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica