CLEMENTE/MINSTERIO DE SALUD
Rol
Fecha
23 de abril de 2024
Materia
RECARGOS
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: En causa RIT MO-618-2022 del Juzgado de Letras del Trabajo de Talca, el abogado don Fernando Salvo Alcantar, en representación del demandante, dedujo recurso de nulidad en contra de la sentencia dictada el 7 de julio de 2023, por el Juzgado de Letras del Trabajo de Talca, lo fundó en la causal de nulidad prevista en el artículo 478 letra c) del Código del Trabajo. Indica que una vez que el juez determina el hecho debe calificarlo jurídicamente para determinar sus efectos y si esa calificación resulta ser errada, da lugar a la interposición de un recurso de nulidad fundado en la causal citada. Cita y transcribe jurisprudencia de la Corte de Apelaciones de Chillán, en causa Rol N°116-2016, además, hace referencia a los
Fundamentos
motivos OCTAVO, NOVENO, DÉCIMO, UNDÉCIMO Y DUODÉCIMO del
Fallo
fallo recurrido, añadiendo que éstos son los hechos que el sentenciador tuvo presente para determinar que el despido había sido justificado y por consecuencia que la causal que la demandada invocó para despedirlo, también. Señala, que el sentenciador en el considerando DÉCIMO yerra al calificar que el despido se ajusta a derecho bajo la causa del artículo 159 N°5 del Código del ramo, por ende, no procederían las indemnizaciones solicitadas, como también que la duración de los servicios o funciones que prestaba estaban determinadas a la función de Fiscalización en la Región del Maule y no al fin de la alerta sanitaria, ya que, al cierre de la estrategia de fiscalización en virtud a la Resolución Exenta N° 1948 de 05 de octubre de 2022, no es menos cierto que, luego, la alerta sanitaria por el COVID-19 y sus variantes, persistieron, incluso hasta la fecha de interposición de este recurso, por ello, refiere que considerar que solo procede que se le pague la indemnización por tiempo servido regulada en el artículo 163 incisos tercero y cuarto del Código del Trabajo y no otras indemnizaciones, como son, el lucro cesante. Además, indica que el sentenciador yerra en el argumento del fundamento UNDÉCIMO, pues, mediante el decreto N° 4, de 2020, del Ministerio de Salud, se decretó la alerta sanitaria con el fin de evitar la propagación del brote de COVID-19, preguntándose.¿ por qué por el artículo 3° del referido cuerpo normativo se otorgó a las Secretarías Regionales Ministeriales d
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Talca, veintitrés de abril de dos mil veinticuatro. VISTOS: En causa RIT MO-618-2022 del Juzgado de Letras del Trabajo de Talca, el abogado don Fernando Salvo Alcantar, en representación del demandante, dedujo recurso de nulidad en contra de la sentencia dictada el 7 de julio de 2023, por el Juzgado de Letras del Trabajo de Talca, lo fundó en la causal de nulidad prevista en el artículo 478 letra
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