SIN INFORMACION

SEGOVIA RUEDA JUAN /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

23 de abril de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Jorge Guillermo Perelló Galleguillos, abogado, actuando en nombre y favor de don Juan Segovia Rueda, cédula de identidad N° 26.287.448-6, empleado, y deduce acción constitucional de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber decretado una orden expulsión de manera arbitraria e ilegal en su contra, quien tomó conocimiento de esta medida a través de la comunicación que se le rechaza su petición de Visa Definitiva, con fecha 4 de enero de 2024, vulnerando con ello la garantía constitucional prevista en el artículo 19 N° 7, en relación al artículo 21 de la Constitución Política de la República. Refiere, que el amparado Segovia Rueda ingresó el año 2017 a este país con la finalidad de buscar mejores condiciones de vida, trabajo y desarrollar al máximo sus posibilidades. Indica que se rechazó su solicitud de residencia, pues según la Resolución respectiva, se ha verificado que se encuentra comprendido en la causal de rechazo de permiso solicitado, conformidad a lo dispuesto con el artículo 88 inciso final con relación al artículo 33 N°2 y artículo 33 N°4, de la Ley de Migración y Extranjería, por las razones que se detallan a continuación, toda vez que le informan que registra denuncia grave por el delito de apropiarse de otros terrenos colindantes y mantener en sus vestimentas arma cortante tipo machete y arma tipo pistola marca Zoraki, de la Brigada Criminal de Lampa. Arguye que la investigación que se le imputa no ha sido probada ni tampoco se trata de una investigación formalizada, dado que, ciertamente la participación de todos los implicados se da en un contexto de trabajo esporádico en terrenos de la localidad de Lampa. Recalca que la eventual expulsión y su regreso a Perú pone en peligro su integridad y la de todo su núcleo familiar, conformado por quienes no solo dependen económicamente de los ingresos que este recibe en nuestro país, sino que representa un pilar fundamental para el sano

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo dispuesto en el artículo 21 de la Carta Fundamental y Auto Acordado sobre tramitación de la presente acción cautelar, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Juan Segovia Rueda, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-854-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de abril de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Jorge Guillermo Perelló Galleguillos, abogado, actuando en nombre y favor de don Juan Segovia Rueda, cédula de identidad N° 26.287.448-6, empleado, y deduce acción constitucional de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber decretado una orden expulsión

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