VPS S.A./INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO SANTIAGO SUR
Rol
Fecha
23 de abril de 2024
Materia
RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: En estos antecedentes rol de ingreso a esta Corte N° 827-2023 Laboral, Rit I-35-2023, seguidos ante el Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, por sentencia de veintisiete de noviembre dos mil veintitrés, se rechazó la reclamación interpuesta por doña Paulina Ewertz Miquel, abogada, en representación de VPS S.A., en contra de la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Sur, representada por don Boris Pérez Fodich, respecto de la Resolución de Multa N°8656/23/17-1 y 2 de fecha 07 de julio de 2023, sin costas. Respecto de la referida sentencia la reclamante VPS S.A., dedujo recurso de nulidad invocando como causal la prevista en el artículo 477, inciso primero del Código del Trabajo, por haberse dictado la sentencia con infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en cuanto se ha infringido el artículo 22 inciso 2° del Código del Trabajo. Solicitó se acoja la nulidad y dicte sentencia de reemplazo que admita la reclamación y deje sin efecto la multa aplicada. Declarado admisible el arbitrio, se llevó a cabo la audiencia pública para su conocimiento, a la que asistieron los abogados de la reclamante y de la Inspección del Trabajo. Oídos los comparecientes y
Fundamentos
considerando: Primero: Que el recurrente advierte que en el
Fallo
fallo se ha incurrido en una contravención formal al texto de la ley, en este caso al artículo 22, inciso 2°, del Código del Trabajo, pues la antinomia surge de la sola comparación del texto de la norma con lo expresado en la sentencia o, sino se produce aquello, se incurre al menos en una aplicación o interpretación errónea, por cuanto se le asigna a la ley un sentido o significado distinto al que corresponde o le es atribuido un alcance o finalidad diferente del que se busca a través de ella. Precisa que es relevante entender el contenido de la falta de fiscalización superior inmediata a que se refiere la norma en cuestión para excluir a los trabajadores de la limitación de la jornada ordinaria. En este sentido es ilustrativo el propio dictamen de la Dirección del Trabajo N° 4916, del 5 de diciembre de 2014, el cual es ratificado mediante dictamen N° 6321, con fecha 14 de diciembre de 2018, donde se emite un informe sobre el personal de carteros de empresa de Correos de Chile, en particular acerca si el personal labora o no sin fiscalización superior inmediata. La situación, se dice, es bastante análoga a la discutida en autos, y la Dirección del Trabajo entiende que no hay fiscalización superior inmediata en el caso de los carteros de Correos de Chile, al ver la concurrencia de varios requisitos e indicios de esa fiscalización, según señala el Dictamen, a saber: a) Crítica o enjuiciamiento de la labor desarrollada, lo que significa en otros términos, una supervisión o c
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En San Miguel, a veintitrés de abril de dos mil veinticuatro. Vistos: En estos antecedentes rol de ingreso a esta Corte N° 827-2023 Laboral, Rit I-35-2023, seguidos ante el Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, por sentencia de veintisiete de noviembre dos mil veintitrés, se rechazó la reclamación interpuesta por doña Paulina Ewertz Miquel, abogada, en representación de VPS S.A., en contra
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