SIN INFORMACION

DAVID EDUARDO HERNANDEZ AYALA CONTRA RESOLUCION DEL JUZGADO DE GARANTIA DE CONCEPCION

Rol

Fecha

23 de abril de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: En este recurso de hecho Rol N° 548- 2024 del ingreso de esta Corte, que incide en los autos RIT 8815-2023; RUC 2310064469-K, del ingreso del Juzgado de Garantía de Concepción, el abogado Alejandro Vera Vera, obrando en representación del interno David Eduardo Hernández Ayala, interpone recurso de hecho en contra de la resolución dictada por dicho tribunal el pasado 26 de marzo de 2023, por medio de la cual concedió un recurso de apelación deducido por el Gendarmería de Chile. Se ordenó tener a la vista el expediente en que incide este recurso.

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que, como se sabe, el recurso de hecho tiene por objeto obtener que el tribunal superior enmiende conforme a derecho el agravio ocasionado por el inferior al pronunciarse sobre el recurso de apelación cuando éste ha sido denegado siendo procedente, o ha sido concedido siendo improcedente; cuando se ha concedido en ambos efectos, debiendo otorgarse en el solo efecto devolutivo, o finalmente, cuando se ha concedido en el solo efecto devolutivo debiendo haberlo sido en ambos efectos. Así, según el caso de que se trata, se habla en doctrina del verdadero o falso recurso de hecho. Segundo: Que, el recurrente expone que su representado se encuentra privado de libertad en el Complejo Penitenciario del Biobío desde el 03 de septiembre de 2023, luego de ser trasladado desde el Complejo Penitenciario de Valdivia. No obstante, registra domicilio en la comuna de Calama, en el pasaje Nueva Alemania, Isabel la Católica Nro. 3418, donde habitarían sus padres, únicos referentes del interno. Además, le señaló mantener constantes problemas con internos, no encontrándose en condiciones adecuadas de habitabilidad en la actual unidad penal. Debido a lo anterior, interpuso una acción de amparo ante Juez de Garantía contemplado en el artículo 95 del Código Procesal Penal para que se adoptaran las medidas adecuadas, entre ellas su traslado al Penal de Calama u otra de la región de Antofagasta. Refiere que el tribunal fijó audiencia y pidió informe a la Dirección Nacional de Gendarmería de Chile, respecto de la factibilidad de trasladar, por motivos de seguridad al rematado David Eduardo Hernández Ayala, hacia el C.D.P. Calama u otra unidad penal de la región de Antofagasta. Gendarmería respondió que no era factible el traslado porque el Penal de Antofagasta estaba a su máxima capacidad. Sostiene que en razón de lo anterior, ante la solicitud de la defensa, se programó una nueva audiencia para el 21 de marzo de 2024, ordenándose oficiar al Director Nacional de Gendarmería de Chile a fin de que evalúe la posibilidad de trasladar al interno David Eduardo Hernández Ayala desde el Complejo Penitenciario del Biobío a alguna unidad penal del sector Norte del País, excluyendo Antofagasta lugar donde el interno presenta riesgo en dicho penal. En audiencia celebrada el 25 de marzo, luego de tener a la vista los antecedentes, el Juzgado de Garantía resolvió acceder al traslado de su representado a una unidad penal de la zona norte del país en la forma que discrecionalmente el Director Nacional de Gendarmería de Chile determine. Refiere que Gendarmería de Chile interpuso recurso de apelación en contra de la resolución antedicha, el que le fue concedido mediante resolución de 26 de marzo último, siendo improcedente, porque no es parte en el proceso y además, porque la resolución dictada no se encuentra en ninguna de las hipótesis que contempla el artículo 370 del Código Procesal Penal. Ha pedido se acoja este recurso de hecho, en contra de la resolución

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 369 del Código Procesal Penal, se rechaza, el recurso de hecho deducido en estos antecedentes por el abogado Alejandro Vera Vera, en representación del interno David Hernández Ayala, en contra de la resolución dictada el 26 de marzo de 2023 (sic), por el Juzgado de Garantía de Concepción, por medio de la cual concedió el recurso de apelación que interpuso Gendarmería de Chile en contra de la resolución dictada por dicho tribunal, que dispuso el traslado del señalado interno hacia un Penal de la zona norte del país. Comuníquese la presente resolución al Juzgado de Garantía de Concepción. Agréguese copia de la presente resolución en los autos Rol 525-2024 del ingreso penal de esta Corte. Regístrese, notifíquese y archívese. Redactó la ministra Valentina Salvo Oviedo. N°Penal-548-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción Concepción, veintitrés de abril de dos mil veinticuatro. VISTOS: En este recurso de hecho Rol N° 548- 2024 del ingreso de esta Corte, que incide en los autos RIT 8815-2023; RUC 2310064469-K, del ingreso del Juzgado de Garantía de Concepción, el abogado Alejandro Vera Vera, obrando en representación del interno David Eduardo Hernández Ayala, interpone recurso de hecho en contra

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