SIN INFORMACION

CHEN/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

23 de abril de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 18 de marzo de 2024, comparece doña Elizabeth Angélica Araya González, abogada, quien deduce recurso de protección en favor de don Feng Chen, chino, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por don Luis Thayer Correa, por la omisión que considera ilegal y arbitraria, consistente en no haber dado respuesta a su petición de residencia definitiva, lo que atendido el tiempo transcurrido ha provocado que al no encontrarse dicha solicitud en trámite vigente no pueda obtener más ampliaciones. Estima que aquello vulnera su garantía establecida en el numeral 1 del artículo 19 de la Constitución Política de la República y pide decretar que la recurrida ordene a un funcionario del Servicio revisar en qué estado de análisis está la Solicitud tramitación de la Permanencia Definitiva N° 19774063, verificando el estado de tramitación y dictar el acto terminal que se pronuncie sobre dicha petición, Resolución Exenta que otorga o deniega el beneficio impetrado por don FENG CHEN, o bien se le otorgue otra ampliación de su residencia definitiva por otros 180 días mientras dure el trámite definitivo. Argumenta que don Feng Chen ingresó al país de manera regular en busca de mejores condiciones y expectativas económicas como inversionista, el año 2020, otorgándosele residencia temporal en octubre del 2020, mediante la entrega de su cédula de identidad para extranjero, cuya fecha de vencimiento era el 22 de marzo del 2021. Indica que el recurrente presentó on line su solicitud de residencia definitiva, dándosele la Solicitud de Residencia de Permanencia Definitiva en Tramite N° 19774063, cuya fecha de emisión fue 23 de febrero de año 2021, que da cuenta de tener validez por seis meses, desde su fecha de su emisión. Adiciona que debido al vencimiento del plazo de los seis meses antedicho, el recurrente se vio en la necesidad de solicitar en cuatro oportunidades ampliación de su solitud de permanencia de definitiva.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se rechaza el recurso de protección deducido en favor de don Feng Chen, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sin costas. Sin perjuicio de lo anterior, acorde a lo razonado, se dispone comunicar por la vía más rápida a la institución recurrida e instruirla para que proceda a adoptar las medidas pertinentes a fin de que el recurrente se le conceda en el más breve plazo, el que no podrá exceder de 10 días, con una nueva y/o nuevas ampliaciones de su Certificado de solicitud de trámite de su residencia definitiva. Asimismo, la recurrida deberá emitir pronunciamiento respecto de la solicitud en trámite del recurrente de autos, en un plazo de 30 días, de conformidad con los principios que le impone su reglamentación en el artículo 37 de la Ley 21.325 y en el artículo 46 de su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo N° 296 del año 2002. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol N° 2344-2024.-

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de abril de dos mil veinticuatro. Al folio 10; téngase presente. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 18 de marzo de 2024, comparece doña Elizabeth Angélica Araya González, abogada, quien deduce recurso de protección en favor de don Feng Chen, chino, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por don Luis Thayer Correa, por la

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