SIN INFORMACION

DUARTE MARCHANT JORGE ADOLFO/ GENDARMERIA DE CHILE

Rol

Fecha

23 de abril de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña María Marchant Vásquez, quien deduce acción de amparo en favor de don Jorge Adolfo Duarte Marchant en contra de Gendarmería de Chile. Indica que a la persona por quien recurre lo condenaron a 18 meses. Agrega que lo trasladaron desde Santiago 1 a la ex penitenciaría, dónde el 26 de marzo hubo una pelea, específicamente, en la calle 6, en la cual casi lo mataron. Explica que don Jorge Duarte fue trasladado a la Posta Central, a ver sus lesiones, teniendo su pierna derecha quebrada, la cual debe ser operada, además, su pierna izquierda estaba apuñalada y en casi todo su cuerpo hubo ensañamiento. Por lo anterior, pide que al amparado se le mantenga en el hospital penal, ya que quedan pocos meses para que obtenga su libertad, haciendo presente que su recuperación será larga. Segundo: Que, informa el abogado Néstor Ricardo Rojas Pardo, en representación de la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile. Indica que el amparado se encuentra recluido en el Centro de Detención Preventiva Santiago, aunque actualmente está internado en el Hospital Penal de Gendarmería, luego de haber sido dado de alta del Hospital externo HUAP, el 27 de marzo de 2024, con diagnóstico de fractura de tibia en la pierna derecha, a consecuencia de una riña al interior de la Calle 06, como consta en el Parte Denuncia que acompaña, en el cual se da cuenta de una riña en la que el amparado se vio envuelto, resultando 5 internos con heridas de diversa gravedad. Explica que todos los internos heridos fueron derivados de inmediato al Hospital Penal, para luego ser conducidos, según la gravedad de sus heridas, a Hospitales externos. Refiere que, en el caso del amparado, él aún se encuentra internado en el Hospital Barros Luco desde ese día, donde recibe la atención médica requerida. Agrega que, una vez controlada la situación en la Calle 06, se procedió al allanamiento de esa dependencia, incautándose varios estoques artesanales

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo constitucional deducido en favor de Jorge Adolfo Duarte Marchant. Sin perjuicio de lo anterior, se ordena a Gendarmería de Chile remitir los antecedentes al Ministerio Público para la investigación de los hechos señalados por el recurrente. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-839-2024. En Santiago, veintitrés de abril de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de abril de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña María Marchant Vásquez, quien deduce acción de amparo en favor de don Jorge Adolfo Duarte Marchant en contra de Gendarmería de Chile. Indica que a la persona por quien recurre lo condenaron a 18 meses. Agrega que lo trasladaron desde Santiago 1 a la ex penitenciaría, dó

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