SIN INFORMACION

CROUCHET/REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACION REGION DE TARAPACA

Rol

Fecha

23 de abril de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Flor Marina Crouchet Aguilar, domiciliada en calle Creta N°3023, comuna de Puente Alto, quien interpone acción constitucional de protección en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación con motivo del rechazo de la solicitud de posesión efectiva de la herencia intestada quedada al fallecimiento de su madre, lo que afecta sus garantías constitucionales establecidas en el artículo 19 N°1, 2 y 24 de la Constitución Política de la República. Señala que en su partida de nacimiento aparece que su madre es doña Angelina Aguilar Carrillo, así como la firma de ésta última, lo que se condice con el certificado de nacimiento emitido por el recurrido. Agrega que la señora Aguilar Carrillo falleció el 8 de agosto de 2003, sin dejar testamento y la recurrente su única hija y heredera, por lo que realizó la solicitud de posesión efectiva el 16 de abril de 2010, el 7 de febrero de 2013 y por último, durante el mes de marzo del año en curso, siendo rechazada su petición por no haber acreditado la calidad de heredera respecto de la causante, puesto que no tiene reconocimiento por escritura pública o por acto testamentario como lo exigía la ley vigente al tiempo de la inscripción de nacimiento. Alega que lo indicado por el Servicio es erróneo, puesto que en su partida de nacimiento consta el reconocimiento de su madre, de lo contrario, el certificado de nacimiento emitido por la misma institución no tendría ninguna validez. Pide que se deje sin efecto la resolución de rechazo N°7457 de 18 de marzo de 2024 (sic) y se acoja su solicitud de posesión efectiva con la correspondiente inscripción para todos los efectos legales. Segundo: Que comparece el Director de la Región Metropolitana del Servicio de Registro Civil, solicitando el rechazo del recurso. Explica que el 7 de febrero de 2013, se ingresó la solicitud de posesión efectiva N°162, la que fue rechazada mediante Resolución Exenta N°7457 de 18 de marzo de la misma a

Fallo

Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, ha de concluirse que su interposición ha resultado extemporánea y no puede prosperar. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de protección deducido por Flor Marina Crouchet Aguilar en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación. Regístrese y archívese, en su oportunidad. N° 1405 – 2024 Protección.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintitrés de abril de dos mil veinticuatro Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Flor Marina Crouchet Aguilar, domiciliada en calle Creta N°3023, comuna de Puente Alto, quien interpone acción constitucional de protección en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación con motivo del rechazo de la solicitud de posesión efectiva de la herencia intestada quedada al

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