ENRIQUE ALEJANDRO SANCHEZ ARAYA C/ FELIPE ALEJANDRO BRAVO BRAVO
Rol
Fecha
23 de abril de 2024
Materia
MARCH SIT SUC SIN PREST AUX VICTIMA. ART 195 INC 2° Y 3°
Resultado
ANULA DE OFICIO
Hechos
hechos y condenó a Felipe Alejandro Bravo Bravo, como autor de la infracción consumada de incumplimiento de dar cuenta a la autoridad de todo accidente previsto y sancionado en el inciso primero del artículo 195 de la ley 18.290, a pagar una multa de siete unidades tributarias mensuales y suspensión de su licencia de conducir por un mes a contar del día en que quede ejecutoriado este fallo, cometido en esa jurisdicción el día 11 de enero de 2020. Se hace presente que se acusó al enjuiciado por los hechos siguientes: “el día 11 de Enero del año 2020, a las 07:00 horas aproximadamente, el acusado FELIPE ALEJANDRO BRAVO BRAVO conducía una vehículo Station Wagon marca GREAT WALL, año 2012, color blanco, Placa Patente Única FFDJ-85, por calle Membrillar en dirección al sur de esta ciudad de Curicó, ingresando a la intersección con calle Estado, sin respetar el derecho preferente de paso al vehículo marca PEGEOUT, modelo 307, año 2005, color gris, Placa Patente Única YN-1377 conducido por MARIA ANDREA ASENJO RAMIREZ, que se desplazaba por dicha calle en dirección al oriente, en compañía de su hijo Juan Francisco Trejo Asenjo y Juan José González Cavieres, circunstancia a la cual se encuentra obligado por enfrentar señal vertical “CEDA EL PASO” lo que origina que colisione al automóvil de la víctima, para posteriormente el acusado Felipe Alejandro Bravo Bravo se da a la fuga del lugar del accidente, no prestando la ayuda posible a las víctimas y ni da cuenta a la autoridad policial más inmediata. Sucedido lo anteriormente descrito, la victima ASENJO RAMIREZ dio una descripción del acusado, quien después de un patrullaje y posterior control de identidad fue detenido y trasladado al Hospital base de Curicó a constatar lesiones. Las víctimas fueron trasladadas al Hospital de Curicó a constatar lesiones resultado MARIA ANDREA ASENJO RAMIREZ con lesiones leves correspondiente a una policontusión, se evidencia leve excoriación en la pierna izquierda cara anterior, sin limitació
Texto Completo (Preview)
C.A. de Talca Talca, veintitrés de abril de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y TENIENDO UNICAMENTE EN CONSIDERACION: PRIMERO: Que, se ha deducido recurso de apelación por el Ministerio Público, en contra de la sentencia definitiva de 5 de marzo de 2024, dictada en procedimiento abreviado por el Tribunal de Garantía de Curicó, que recalificó los hechos y condenó a Felipe Alej
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica