CASTRO / SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA
Rol
Fecha
23 de abril de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio 1, comparece Eduardo Francisco Urbina Muñoz, abogado, domiciliado, para estos efectos, en Martín de Salvatierra 770, Viña del Mar, e interpone recurso de protección en favor de doña Carolina Castro Castillo, Ingeniero Comercial, contra el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (SERNAPESCA) y su Directora Nacional, doña María Soledad Tapia Almonacid. Argumenta la violación de los derechos fundamentales de doña Carolina Castro Castillo, en virtud de la no derogación de la Resolución Exenta N°564, de fecha 3 de noviembre de 2023, que puso término anticipado a su contratación, así como por los actos de persecución y acoso laboral posteriores, contraviniendo los artículos 19 Nº 2 y 24 de la Constitución. Argumentó, que la Resolución Exenta N° 564, por la cual se puso término a la contrata de la recurrente como Profesional grado 5 EUS de Sernapesca, incurrió en graves transgresiones, a saber: 1. No se respetó el Principio Administrativo de la Confianza Debida al terminar anticipadamente su contratación, sin justificación adecuada. 2. Se calificó ilegalmente su cargo de Jefa de Departamento como de exclusiva confianza, desconociendo normativas y su trayectoria profesional. 3. Se fundamentó en la pérdida de confianza para su despido, a pesar de no estar su cargo sujeto a exclusiva confianza. 4. Se ignoraron sus méritos y calificaciones, así como su trayectoria profesional, al calificar arbitrariamente su idoneidad para el cargo. 5. Se arrogaron facultades ilegales para su despido y se ignoraron sus derechos asociados a la Asociación de Funcionarios del Estado. 6. A pesar del dictamen de la Contraloría General de la República, se procedió a recontratarla de manera irregular, intentando borrar su posición laboral anterior. 7. Las resoluciones posteriores, Nº013 y N°014, constituyen una represalia y acoso laboral, al modificar su nivel jerárquico y asignarle funciones impropias de su cargo. Entre los
Fundamentos
fundamentos de hecho del recurso, expuso que Carolina Castro Castillo es Ingeniera Comercial y posee una Maestría en Dirección de Capital Humano. Con una trayectoria de 15 años en el sector público, ha ocupado roles clave en instituciones como Ministerio Público, Consejo Nacional de la Cultura y Servicio de Salud. Desde 2015, se ha desempeñado como Jefa del Departamento de las Personas en el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca), con evaluaciones destacadas. A pesar de su trayectoria, fue injustamente cesada en noviembre de 2023 por la Dirección Nacional de Sernapesca. Esta acción, sin justificación de desempeño o disciplina, es el inicio de una persecución administrativa. Afirmó, que la resolución de cese viola múltiples normativas constitucionales, legales y administrativas, sin fundamentos válidos. En el análisis que efectuó de la Resolución Exenta Nº564, de fecha 3 de noviembre de 2023, señaló que la resolución emitida por la Directora Nacional de Sernapesca constituye una grave violación de los principios y normas de la Constitución Política de la República. Otorgó facultades arbitrarias para calificar un cargo como de exclusiva confianza y evaluar de manera subjetiva el desempeño de Carolina Castro Castillo. Esto transgredió los artículos 6° y 7° de la Carta fundamenta, así como, el Estatuto Administrativo y otras leyes relacionadas. La calificación del carácter de exclusiva confianza de un cargo público está estrictamente determinada por la ley, y las incapacidades de un funcionario deben juzgarse dentro del marco de un proceso de calificación, no de manera arbitraria como se intentó hacer. Sostuvo, que la resolución presenta múltiples errores jurídicos, incluyendo la calificación del cargo como de exclusiva confianza, la exoneración injustificada por falta de capacidad, y la no renovación de la contratación de Carolina Castro Castillo. Estos errores deben ser corregidos para garantizar el respeto a la legalidad y los derechos de la afectada. Respecto de la Resolución Exenta N°013, de fecha 18 de enero de 2024, manifestó que presenta inconsistencias jurídicas evidentes. A pesar de afirmar el principio de irretroactividad de los actos administrativos, pretende mantener la validez de la Resolución Exenta Nº564, de fecha 3 de noviembre de 2023, la cual fue objetada por la Contraloría General de la República y declarada ilegal. Es inaceptable que Sernapesca niegue la ilegalidad de la Resolución Exenta Nº564 y busque recontratar a Carolina Castro Castillo para corregir la irregularidad. La contratación de Castro Castillo, entre el 1 de diciembre de 2023 y el 31 de diciembre de 2023, sigue siendo válida, así como su posición jerárquica y funciones. Señaló, que la Resolución Exenta Nº013, de fecha 18 de enero de 2023, también carece de validez al basarse en una resolución previamente declarada ilegal. Sernapesca incurrió en otra ilegalidad al no emitir la renovación correspondiente de la contratación de la recurrente para e
Fallo
fallo del recurso de protección, toda vez que se impugna las resoluciones exentas números 564, del 3 de noviembre de 2023, y 13 y 14, ambas del 18 de enero de 2024. Además, sostuvo que la recurrente actualmente tiene una contratación vigente hasta el 31 de diciembre de 2024, por lo que el restablecimiento del imperio del derecho solicitado no tendría efecto práctico. Por último, señaló que la recurrente ya presentó un reclamo ante la Contraloría General de la República con una petición idéntica a la del recurso de protección, lo cual, según el artículo 54 de la Ley 19.800, impide que la misma pretensión se presente ante los Tribunales de Justicia mientras el reclamo administrativo esté pendiente de resolución. Por lo expuesto, solicitó la inadmisibilidad del recurso de protección. Además, sostuvo que las resoluciones cuestionadas se ajustaron a derecho y no infringieron ninguna garantía constitucional. Acusó que existe una falta de congruencia en los argumentos presentados por la recurrente y refutó las supuestas vulneraciones constitucionales alegadas: 1. Vulneración al artículo 19 N°2 de la Constitución: Argumentó, que las resoluciones se ajustaron a la legalidad y que la recurrente no posee el cargo de Jefa de Departamento, como alega. Explicó, que la Resolución Exenta N°13 no busca mantener vigente la Resolución Exenta N°564, sino regularizar la situación de la recurrente. 2. Vulneración al artículo 19 N°24 de la Constitución: Defendió la legalidad de la terminación
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edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintitrés de abril de dos mil veinticuatro. Visto: A folio 1, comparece Eduardo Francisco Urbina Muñoz, abogado, domiciliado, para estos efectos, en Martín de Salvatierra 770, Viña del Mar, e interpone recurso de protección en favor de doña Carolina Castro Castillo, Ingeniero Comercial, contra el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (SERNAPESCA) y su Direct
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