JUZGADO DE FAMILIA MELIPILLA

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

22 de abril de 2024

Materia

ALIMENTOS, CESACION

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que atendido el mérito de los antecedentes y de en virtud a lo dispuesto en el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, aparece que la demandante tuvo motivo plausible para litigar, por lo cual se le eximirá del pago de las costas. Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N° 19.968, se revoca, en lo apelado, la resolución de veintinueve de febrero del año dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Familia de Melipilla, en los autos RIT C-1006-2022, en cuanto condenó en costas a la requirente y se declara que se la exime de dicha carga, por haber tenido un motivo plausible para litigar. Devuélvase. N°...

Fallo

se declara que se la exime de dicha carga, por haber tenido un motivo plausible para litigar. Devuélvase. N°...

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintidós de abril de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Que atendido el mérito de los antecedentes y de en virtud a lo dispuesto en el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, aparece que la demandante tuvo motivo plausible para litigar, por lo cual se le eximirá del pago de las costas. Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N° 19.968, se r

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