JUZGADO DE GARANTIA DE ARICA

JUAN MANUEL ACOSTA GARCIA C/ NEYDER CAMILO ROJAS AMAYA

Rol

Fecha

12 de abril de 2024

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE. ART. 288 BIS

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en estrado, de los cuales se desprende que en el presente caso existe un peligro de fuga, toda vez que se trata de un imputado de nacionalidad extranjera, aparentemente ilegal y sin arraigo en el país, que mantiene una causa pendiente por el mismo delito y cuyo juicio se realizará el próximo 10 de mayo en curso, y concurriendo los demás requisitos que contempla el artículo 140 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada de cuatro de abril de dos mil veinticuatro, y en su lugar se declara que se decreta la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Neyder Camilo Rojas Amaya. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 305-2024 Penal La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.

Fallo

se declara que se decreta la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Neyder Camilo Rojas Amaya. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 305-2024 Penal La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.

Texto Completo (Preview)

Corte de Apelaciones de Arica. En Arica, a doce de abril de dos mil veinticuatro. Sala: Segunda Sala Rol: 305-2024 Penal Ruc: 2400381823-K RIT: 2321-2024 Tribunal: Juzgado de Garantía de Arica Integrantes: Ministros señor José Delgado Ahumada, señor Reynaldo Oliva Lagos y el abogado integrante señor Patricio Ponce Correa Relator (a): Patricia Díaz Donoso Digitador (a): Gerard Barreda Día

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