MP C/ LORETO ANDREA VARGAS VARGAS
Rol
Fecha
12 de abril de 2024
Materia
CULTIVO/COSECHA ESPECIES VEGETALES PRODUCTORAS ESTUPEF. ART. 8
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, especialmente la cantidad de marihuana elaborada encontrada en el domicilio de la imputada, no es posible sostener que ella hubiese estado destinada a un consumo personal y próximo en el tiempo, de lo cual resulta lógico concluir la existencia de indicios del delito de tráfico de drogas, el que por la pena que tiene asociada hace proporcional la medida cautelar solicitada por el Ministerio Público, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 140, 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de once de abril de dos mil veinticuatro, dictada en causa RIT 2858-2024, del Juzgado de Garantía de Rancagua, en cuanto decretó en contra de la imputada Loreto Vargas Vargas, las medidas cautelares de arresto domiciliario nocturno, firma mensual y arraigo nacional y, en su lugar se decide que, se decreta en su contra prisión preventiva por ser su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad. Acordado lo anterior con el voto en contra de la Ministra Sra. Bárbara Quintana Letelier, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada, en virtud de sus propios fundamentos, particularmente aquellos que dicen relación con la prospección de pena probable,
Fundamentos
considerando las circunstancias minorantes concurrentes y la posibilidad de que la conducta sea adscrita sólo a uno de los tipos penales concurrentes. Dese orden de ingreso por el Tribunal a quo. Comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte 807-2024-Penal
Fallo
se decide que, se decreta en su contra prisión preventiva por ser su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad. Acordado lo anterior con el voto en contra de la Ministra Sra. Bárbara Quintana Letelier, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada, en virtud de sus propios fundamentos, particularmente aquellos que dicen relación con la prospección de pena probable, considerando las circunstancias minorantes concurrentes y la posibilidad de que la conducta sea adscrita sólo a uno de los tipos penales concurrentes. Dese orden de ingreso por el Tribunal a quo. Comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte 807-2024-Penal
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, doce de abril de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, especialmente la cantidad de marihuana elaborada encontrada en el domicilio de la imputada, no es posible sostener que ella hubiese estado destinada a un consumo personal y próximo en el tiempo, de lo cual resulta lógico concluir la existencia de indicios del delito de tráfico de droga
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