2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

OLEA/NEUMÁTICOS Y LLANTAS DEL PACÍFICO LIMITADA

Rol

Fecha

12 de abril de 2024

Materia

DESPIDO INJUSTIFICADO

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Por sentencia de treinta y uno de marzo de dos mil veintitrés, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT O-7180-2022, se resolvió rechazar la excepción de prescripción del feriado así como la demanda de despido injustificado; y acoger parcialmente la acción por cobro de prestaciones adeudadas, condenando a la demandada a pagar remuneraciones por 8 días del mes de noviembre de 2022, feriado legal y proporcional, por los montos y periodos que detalla lo resolutivo del fallo, más reajustes e intereses legales, sin costas. Contra este fallo, la demandante interpone recurso de nulidad invocando como causal aquella contemplada en el artículo 478 letra C) del Código del Trabajo, esto es, cuando sea necesaria la alteración de la calificación jurídica de los hechos, sin modificar las conclusiones fácticas del tribunal inferior. En subsidio, invoca la causal del artículo 478 letra B) del mismo cuerpo legal, esto es, por haberse dictado la sentencia con infracción manifiesta a las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los abogados de las partes.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, la parte reclamada invoca como causal aquella contenida en el artículo 478 letra C) del Código del Trabajo, toda vez que, a su juicio, existe una errada calificación jurídica de los hechos que el

Fallo

fallo impugnado consigna en su considerando cuarto, pues concluye que se trata de una falta de probidad. Estima que el tribunal solo tuvo por establecido que el trabajador prestó un servicio, que el cliente presentó un reclamo sobre el mismo una semana después, y que existió una reunión que comunicó las razones del despido. Sin embargo, no se habría logrado acreditar las circunstancias de los hechos que configuran la falta de probidad sino solo a partir de un razonamiento diverso, en que aplicó las máximas de la experiencia, concluyendo que es efectiva la tesis de la demandada, lo que cabe en la hipótesis de la causal de despido de autos. Alega que si el cobro de $40.000 pesos no ha quedado fehacientemente acreditado, es necesaria la alteración de la calificación jurídica de los hechos. Afirma que lo denunciado influye sustancialmente en lo dispositivo del fallo porque los hechos afianzados en el fallo no pueden ser calificados como falta de probidad, correspondiendo que no se tuviera por configurada la causal de despido y se acogiera la demanda en todas sus partes. Solicita, que se anule el fallo impugnado y se dicte sentencia de reemplazo que acoja la demanda en todas sus partes. Segundo: En subsidio, la misma parte invoca la causal del artículo 478 letra B) del Código del Trabajo, pues, a su juicio, el sentenciador ha rechazado la demanda sin ponderar íntegra, sistemática ni objetivamente toda la prueba rendida en juicio, desestimando en su decisión elementos probatori

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, doce de abril de dos mil veinticuatro. Vistos: Por sentencia de treinta y uno de marzo de dos mil veintitrés, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT O-7180-2022, se resolvió rechazar la excepción de prescripción del feriado así como la demanda de despido injustificado; y acoger parcialmente la acción por cobro de prestaciones

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica