RTE: ANGÉLICA PALMA - AMP: YERKO SILVA / GENDARMERÍA DE CHILE
Rol
Fecha
11 de abril de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Que, a folio 1 comparece, mediante formulario, doña Angélica María Palma Astorga, en favor de Yerko Patricio Silva Palma, actualmente recluido en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, y deduce recurso de amparo en contra de Gendarmería de Chile y el Complejo Penitenciario de Valparaíso. Expone que el día 22 de marzo, su hijo fue golpeado por otros reclusos y amenazado de muerte y quedó en aislamiento porque no tiene módulo. Agrega que tiene temor porque las amenazas de los internos que lo golpearon llegaron incluso hasta los cuartos de aislamiento y no ha podido tener visita y módulo tampoco. Solicita, en definitiva, el cambio de módulo 115 o el traslado a Limache. Que, a folio 4 informó la Dirección Regional de Valparaíso de Gendarmería de Chile. Refiere que el imputado se encuentra recluido en el módulo 111 del Complejo Penitenciario de Valparaíso, imputado por el delito de porte de arma prohibida, clasificado con mediano compromiso delictual y registra tres faltas al régimen interno. Sostiene que mediante Oficio Ordinario N°3648, de 9 de abril de 2024, el Alcaide (S) del Complejo Penitenciario de Valparaíso, informó que una vez de ser entrevistado por la Oficina de Clasificación y Segmentación de la Población Penal, solicita mantenerse en el módulo N°111, manifestando no presentar problemas con sus pares, y del mismo modo, no solicita traslado de unidad penal. Que, a folio 5, informa el Complejo Penitenciario de Valparaíso. Expresa que el imputado fue entrevistado por la Oficina de Clasificación y Segmentación, donde el usuario solicita mantenerse en el módulo N°111, manifestando no presentar problemas con sus pares, y no solicita traslado de unidad penal. Que, se trajeron los autos en relación Con lo relacionado y
Fundamentos
considerando: Primero: Que, la acción de amparo garantiza a toda persona que ilegalmente sufra cualquier privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual, la posibilidad de recurrir ante la respectiva magistratura, para que dicte en tal caso las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Segundo: Que, por la presente acción se solicita el cambio de módulo del amparado desde el N°115 o en su defecto, el traslado del interno a Limache. Tercero: Que, de conformidad a lo informado por Gendarmería de Chile, el interno se encuentra en un módulo distinto a aquel en que se encontraba y ha referido no presentar problemas con la población penal, por lo que no se advierte la existencia de algún acto ilegal que pueda afectar la seguridad individual del amparado Cuarto: Que, sin perjuicio de lo anterior, de acuerdo a lo establecido en el artículo 6° de la Ley Orgánica de Gendarmería de Chile y artículo 28 del Reglamento de Establecimientos Penitenciarios, es competencia de Gendarmería de Chile, el determinar la unidad penal y el módulo en donde los internos cumplen las medidas cautelares y las penas corporales que le han sido impuestas.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Yerko Patricio Silva Palma, en contra de Gendarmería de Chile y el Complejo Penitenciario de Valparaíso, sin perjuicio que la recurrida, en el cumplimiento de sus obligaciones, debe adoptar todas las medidas que correspondan, a fin de proteger la integridad física y psíquica del amparado. Regístrese, comuníquese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-481-2024. En Valparaíso, once de abril de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Dgm. C.A. de Valparaíso Valparaíso, once de abril de dos mil veinticuatro. Vistos: Que, a folio 1 comparece, mediante formulario, doña Angélica María Palma Astorga, en favor de Yerko Patricio Silva Palma, actualmente recluido en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, y deduce recurso de amparo en contra de Gendarmería de Chile y el Complejo Penitenciario de Valparaíso. Expone que el día 22 de
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