MARÍA GRACIELA SILVA GALLARDO / JUZGADO DE FAMILIA DE VALPARAÍSO
Rol
Fecha
10 de abril de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: Atendido el mérito de lo expuesto, y advirtiendo que los hechos descritos en el libelo se encuentran bajo el amparo del derecho en la causa seguida ante el Juzgado de Familia de Valparaíso, pudiendo impugnarse sus resoluciones a través de los remedios procesales que la Ley prevé, no advirtiéndose –en este estado procesal- amague de garantías constitucionales y visto lo dispuesto en el numeral 2 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto. Sin perjuicio de lo anterior, remítase copia del ingreso de folio 1 y la presente resolución, al Juzgado de Familia de Valparaíso, para los fines pertinentes. Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio emisor. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-3098-2024.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto. Sin perjuicio de lo anterior, remítase copia del ingreso de folio 1 y la presente resolución, al Juzgado de Familia de Valparaíso, para los fines pertinentes. Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio emisor. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-3098-2024.
Texto Completo (Preview)
Hog. C.A. de Valparaíso Valparaíso, diez de abril de dos mil veinticuatro. Proveyendo a folio 1, Ingreso recurso: A todo: Visto: Atendido el mérito de lo expuesto, y advirtiendo que los hechos descritos en el libelo se encuentran bajo el amparo del derecho en la causa seguida ante el Juzgado de Familia de Valparaíso, pudiendo impugnarse sus resoluciones a través de los remedios procesales que la
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