SIN INFORMACION

JOSEPH/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

10 de abril de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Primero: Que don Marcelo Esteban Carvallo Contreras, deduce recurso de protección en favor de Alix Joseph, de nacionalidad haitiana, domiciliado en pasaje Central N°50, comuna de El Bosque, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por don Luis Thayer Correa, jefe de servicio, con domicilio en San Antonio N°580, comuna Santiago, pues sostiene que se incurrió en una afectación ilegal, arbitraria y lesiva de sus derechos fundamentales consagrados en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, al omitir la emisión de su tarjeta de extranjero infractor y la dictación de su orden de expulsión, cuestión que le impide regularizar su situación migratoria, lo que transgrediría los artículos 6, 7, 8, 9, 14, 24 y 27 de la Ley N°19.880. Explica que ingresó al país el 7 de abril de 2022 a través de un paso no habilitado y que, el 8 de noviembre de 2022, autodenunció su ingreso clandestino en el sitio web de la Policía de Investigaciones de Chile. Refiere que, a pesar de haberse recepcionado correctamente su autodenuncia, y haber enviado, el 26 de enero de 2024, una carta explicativa de su situación hasta la fecha se encuentra a la espera de la emisión de su tarjeta de extranjero infractor y la respectiva orden de expulsión por parte del Servicio Nacional de Migraciones, sin haber recibido ningún tipo de comunicación. Refiere que no cuenta con antecedentes penales es su país de origen, y que la demora en la dictación de la respectiva orden de expulsión la mantiene en una situación de incerteza y amenaza de su libertad personal, dado que no le resulta posible iniciar los trámites para la regularización de su residencia en el país. Pide, en definitiva, que se ordene al organismo recurrido dictar el decreto que ordena la expulsión del país del recurrente, dentro del más breve plazo posible, con costas. Segundo: Que el Servicio Nacional de Migraciones, previo a evacuar su informe, opone, excepción de cosa juzgada. Señala que el actor

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia se declara que: I.- Se rechaza la excepción de cosa juzgada impetrada por la parte recurrida. II.- Se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Alix Joseph en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese y archívese, en su oportunidad. N°507-2024 Protección. PAGE 1

Texto Completo (Preview)

San Miguel, diez de abril de dos mil veinticuatro. Al escrito folio 18: téngase presente. stoslo LTO6l.entencia de autos,ticuatro. l abogado ausa y posterior acuerdo por encontrarse ausente. Vistos: Primero: Que don Marcelo Esteban Carvallo Contreras, deduce recurso de protección en favor de Alix Joseph, de nacionalidad haitiana, domiciliado en pasaje Central N°50, comuna de El Bosque, en contr

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