MATRIZ IDEAS S.A./FUENTES
Rol
Fecha
10 de abril de 2024
Materia
RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Por sentencia de treinta y uno de marzo de dos mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT I-183-2022, se resolvió rechazar la reclamación de multa interpuesta, sin costas. Contra este fallo, la parte reclamante interpone recurso de nulidad invocando la causal contemplada en el artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, esto es, cuando se dicte sentencia con omisión de los requisitos establecidos en el artículo 459 N° 4 del mismo cuerpo legal. En subsidio, invoca el mismo motivo, artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, vinculándolo en esta ocasión, con lo dispuesto en el artículo 459 N° 6 del mismo cuerpo legal. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los abogados de las partes.
Fundamentos
Considerando: Primero: Que, la parte reclamante invoca como primera causal aquella contenida en el artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, toda vez que, a su juicio, el
Fallo
fallo impugnado no analiza todas las pruebas aportadas a la causa. En primer lugar, menciona que en el considerando séptimo se hace alusión al informe de la Mutual de Seguridad, pero sin manifestar el razonamiento que lo lleva a concluir que entre los puestos de trabajo no existe la distancia debida, según la normativa vigente. Alega que la resolución de multa no realiza la distinción que hace la sentenciadora, en cuanto a que las distancias se refieren a los puestos de trabajo y no a que los trabajadores en general en la zona de caja, no mantienen la distancia mínima lineal de un metro. Argumenta que la multa no está limitada a los puestos de trabajo, sino a todo lugar en que los trabajadores circulen, y en la sentencia no se explica por qué se hace la distinción. Por otro lado, manifiesta que el fallo sólo enuncia la prueba rendida, pero no la analiza ni la valora, como se desprende de los considerandos cuarto y quinto, y habría dejado de examinar la que fuere rendida al efecto, salvo por el informe de la Mutual de Seguridad, que es el único medio de prueba que utiliza para arribar a sus conclusiones, y que en todo caso se trata de un documento que pretendía demostrar que la reclamante adoptó medidas adicionales para reforzar los puntos cuestionados por la reclamada, dando cuenta de la corrección de la infracción dentro del plazo exigido por la autoridad. Agrega que no fueron analizados los contratos de trabajo y sus anexos acompañados como prueba, de los que se desprende
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diez de abril de dos mil veinticuatro. Vistos: Por sentencia de treinta y uno de marzo de dos mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT I-183-2022, se resolvió rechazar la reclamación de multa interpuesta, sin costas. Contra este fallo, la parte reclamante interpone recurso de nulidad invocando la causal contempla
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