SIN INFORMACION

ALVIAL/FUERZA AEREA DE CHILE COMANDANCIA EN JEFE COMANDO DE PERSONAL.

Rol

Fecha

9 de abril de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDO

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Alfredo Andrés Quezada Martínez, abogado, quien recurre de protección en nombre del Sargento Primero Moisés Rodrigo Alvial Romero, empleado, domiciliado en Gran Avenida José Miguel Carrera Nº11087, comuna de El Bosque, en contra del Comando de Personal de la Fuerza Aérea de Chile, representado por el General de Aviación, Fernando Silva de La Harpe, ambos domiciliados Avenida. José Miguel Carrera Nº10525, comuna de El Bosque, por el acto ilegal y arbitrario consistente en la decisión contenida en el Mensaje Aéreo CP.D.RR.HH.DM.”R” Nº2299/2024/04 de 4 de enero de 2024, notificado al recurrente ese mismo día, que deja sin efecto la destinación a Puerto Montt que se le había notificado el 29 de diciembre de 2023. Expone que hace 2 años fue destinado desde Puerto Montt a Santiago, permaneciendo su esposa e hijos en aquella ciudad, viviendo en el domicilio de su suegra, en atención a la condición de salud que padece su hija, consistente en déficit de modulación sensorial y selectividad alimentaria, debiendo concurrir a sesiones de terapia ocupacional, requiriendo del apoyo de ambos padres. Agrega que el 29 de diciembre del año pasado fue notificado del mensaje aéreo que dispuso su traslado a la ciudad de Puerto Montt, lo que lo alegró ya que podía reencontrarse con su familia. Entendió que dicha decisión se enmarcó en su inclusión en el plan de destinación a aquella ciudad, correspondiente al año 2024, junto con los informes sociales emitidos por la asistente social Susan Montecinos Sepúlveda, quien había expuesto la conveniencia de realizar el cambio de domicilio, tanto para mejorar las condiciones de vida del grupo familiar, como para la mejora de las condiciones de la cónyuge del actor. Sin embargo, la decisión que dejó sin efecto dicha destinación es arbitraria ya que no contiene las razones por las que se modificó la decisión que se había adoptado anteriormente. Señala que no cuestiona la facultad que tiene la rec

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de esta Corte sobre la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Moisés Rodrigo Alvial Romero en contra del Comando de Personal de la Fuerza Aérea de Chile, dejándose sin efecto el Mensaje Aéreo CP.D.RR.HH.DM.”R” Nº2299/2024/04 de 4 de enero de 2024. Acordada con el voto en contra de la ministra señora Catepillán, quien fue del parecer de rechazar el presente recurso, en atención a que la institución recurrida tiene, dentro de sus facultades, la posibilidad de destinar a sus funcionarios sin necesidad de expresar causa alguna, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 145 y siguientes del D.F.L N°1 de 1997. Regístrese y devuélvase. Rol N°334-2024-PRO

Texto Completo (Preview)

San Miguel, nueve de abril de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Alfredo Andrés Quezada Martínez, abogado, quien recurre de protección en nombre del Sargento Primero Moisés Rodrigo Alvial Romero, empleado, domiciliado en Gran Avenida José Miguel Carrera Nº11087, comuna de El Bosque, en contra del Comando de Personal de la Fuerza Aérea de Chile, representado p

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