IMP. Y EXP. MERK ASIA LIMITADA/ILUST. MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO
Rol
Fecha
9 de abril de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1 comparece don José Javier Devia Muñoz, abogado, en representación de IMPORTADORA Y EXPORTADORA MERK ASIA LIMITADA, quién en virtud de lo dispuesto en el artículo 151 letra d) de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, deduce reclamo de ilegalidad en contra del Decreto Sección 2da N° 8196, de 06 de octubre de 2023, dictado por la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO, por constituir el señalado Decreto un acto ilegal que causa graves perjuicios a su representada. Señala que el Decreto mencionado, rechaza la reposición deducida y confirma el Decreto Sección 2da N° 5711 de 20 de julio de 2023, que dispuso la clausura del local comercial arrendado por la recurrente, por ejercer una actividad comercial sin patente ni autorización municipal, disponiendo la clausura desde 7 de noviembre de 2023. Agrega que la recurrente es subarrendataria del inmueble ubicado en calle Unión Latinoamericana N° 298 que tiene destino comercial y que en el mes de septiembre de 2020 se ingresó un permiso de demolición de la construcción y de edificación en el mismo inmueble, los que posteriormente fueron modificados al cambiar el proyecto original, siendo ingresados los nuevos en el mes de noviembre del mismo año, y fueron ellos finalmente los permisos aprobados por la Municipalidad. Así, con fecha 25 de mayo de 2021 se le otorgó el permiso de edificación por obra nueva N° 17.015. Explica que el permiso anterior -el N° 26- originalmente solicitado, no se siguió tramitando dado que no se corrigieron las observaciones realizadas, y además, solo se continuó con el permiso que interesaba. Mientras se obtenía la recepción definitiva de las obras, se obtuvo patente comercial provisoria con vigencia hasta el 31 de octubre de 2023, la que fue anulada de oficio por la Municipalidad el día 17 de diciembre de 2022. Indica que la justificación para anular esta patente comercial, fue por el hecho que la recurrente no había obtenido el permiso par
Fallo
Por estas consideraciones, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 151 letra d) de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, se rechaza el reclamo de ilegalidad municipal deducido por Importadora y Exportadora Merk Asia Limitada, en contra del Decreto Sección Segunda N° 8196 del 6 de octubre de 2023, dictado por la Ilustre Municipalidad de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese N°Contencioso Administrativo-687-2023. En Santiago, nueve de abril de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, nueve de abril de dos mil veinticuatro. A los escritos folios 17 y 18: a todo, téngase presente.´ VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1 comparece don José Javier Devia Muñoz, abogado, en representación de IMPORTADORA Y EXPORTADORA MERK ASIA LIMITADA, quién en virtud de lo dispuesto en el artículo 151 letra d) de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalid
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