SIN INFORMACION

LATAM AIRLINES GROUP S.A/DIRECCION REGIONAL ADUANA METROPOLITANA - A LA VISTA I.C. N° 72-2024.

Rol

Fecha

9 de abril de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Rodrigo González Holmes, abogado, en representación de la reclamante, en autos seguidos ante el 2º Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana, Latam Airlines Group S.A, causa RUC 22-9-0000883-K, RIT IA-16-00157-2022, caratulados “Latam Airlines Group S.A. con Dirección Regional Aduana Metropolitana”, e interpone recurso de hecho en contra de la resolución de 2 de diciembre de 2024, que concedió apelación interpuesta por la reclamada en contra de la sentencia definitiva, requiriendo no se dé curso a dicho arbitrio. Expone que, conforme el artículo 186 bis de la Ordenanza de Aduanas, solo se alcanza la cuantía de 100 unidades tributarias mensuales al sumar las sesena y tres denuncias reclamadas y su correspondiente multa, de lo que concluye que, si su parte hubiese reclamado de cada una de las denuncias en procesos separados, la sentencia del tribunal sería inapelable. Conforme lo expuesto, pide no se dé curso a la apelación interpuesta por la reclamada y se la declare inadmisible por no exceder las denuncias y sus multas el monto sobre el que la ley permite dicho recurso; Segundo: Que el inciso 2° del artículo 186 bis de la Ordenanza General de Aduanas, que regula la procedencia del recurso de alzada en el procedimiento de reclamación de multas dispone que “[…] en contra de la sentencia definitiva del Tribunal Tributario y Aduanero sólo procederá el recurso de apelación, en el solo efecto devolutivo y aquel contemplado en el inciso primero del artículo 182 del Código de Procedimiento Civil. El recurso de apelación sólo podrá interponerse contra sentencias definitivas referidas a denuncias infraccionales cuya cuantía sea igual o superior a 100 Unidades Tributarias Mensuales”; Tercero: Que del examen de los autos tenidos a la vista, se desprende que la apelación cuya inadmisibilidad se solicita dice relación con una sentencia definitiva que hizo lugar a reclamo interpuesto respecto de sesenta y tres den

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 196 del Código de Procedimiento Civil y 186 bis de la Ordenanza General de Aduanas, se rechaza el falso recurso de hecho interpuesto por Latam Airlines Group S.A., en contra de la resolución de dos de diciembre del año en curso, que concedió el recurso de apelación deducido por la reclamada en contra de la sentencia definitiva de once de enero de dos mil veinticuatro, dictada por el Segundo Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana, en RIT IA-16-00157-2022. Déjese copia de la presente resolución en los autos rol IC 72-2024 Tributario y Aduanero. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad, archívese. N°Tributario Y Aduanero-81-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, nueve de abril de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Rodrigo González Holmes, abogado, en representación de la reclamante, en autos seguidos ante el 2º Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana, Latam Airlines Group S.A, causa RUC 22-9-0000883-K, RIT IA-16-00157-2022, caratulados “Latam Airlines Group S.A. con Direcci

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