3º JUZGADO CIVIL DE CONCEPCION

PROCO ARAUCO LIMITADA/DELEGACIÓN PRESIDENCIAL REGIONAL DEL BIOBÍO - FISCO DE CHILE

Rol

Fecha

9 de abril de 2024

Materia

HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

Considerando: 1°).- Que el abogado de la demandante se ha alzado en contra de la resolución de fecha 9 de febrero pasado, dictada por el Tercer Juzgado Civil de Concepción en causa Rol N°741-2024, que resolvió tener por no presentada su demanda por no corresponder la materia al código con que se ingresó al sistema y la imposibilidad material del tribunal de corregirlo. Refiere el apelante que ha intentado en tres oportunidades entablar su libelo, sin embargo en cada una de ellas, se le ha negado a admitir a tramitación la acción, aduciéndose al efecto errores de su parte en el código de ingreso de la materia que impetra, no obstante que ha cumplido con reingresar la demanda con el código que el tribunal señaló era el correcto. Hace ver las contradicciones de los de los tribunales de primera instancia y manifiesta que de acuerdo al artículo 748 del Código de Procedimiento Civil: “Los juicios en que tenga interés el Fisco y cuyo conocimiento corresponda a los tribunales ordinarios, cuyos es su caso, se substanciarán siempre por escrito, con arreglo a los trámites establecidos para los juicios del fuero ordinario de mayor cuantía, salvo las modificaciones que en los siguientes artículos se expresan”. De manera, que ciertamente, su acción corresponde a uno de hacienda. 2°).- Que, del mérito de los antecedentes efectivamente se advierte que el demandante ha presentado en tres oportunidades su demanda ante esta jurisdicción. La primera de ellas no fue acogida a tramitación por resolución de 30 de noviembre de 2023 dictada por el Primer Juzgado Civil de Concepción en causa rol C-8471-2023, fundada en que el demandante, erró al consignar en su presentación el código "PO8A Hacienda, procedimiento cuantía superior art. 749 nomenclatura consignada en la demanda C.P.C". Señalando la resolución que la nomenclatura correcta es "A 18 ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES, CPC” 3°). - Que, por lo anterior, el actor presenta nuevamente la demanda, esta vez con el código de la nomenclatura señalada en dicha resolución, es decir el código correspondiente al arrendamiento de muebles. No obstante, lo anterior, la misma magistrada, ahora en causa C-431-2024 también del Primer Juzgado Civil de Concepción, por resolución de 29 de enero 2024 vuelve a no dar curso la demanda, indicando que, al contrario de lo señalado en la primera resolución, la demanda versa sobre un juicio de Hacienda. 4°). - A raíz de esta resolución el demandante presenta su demanda por una tercera vez con el código correspondiente al Juicio de Hacienda, la cual es conocida por Tercer Juzgado de Letras en lo Civil de Concepción, en causa rol C-741-2024. Este último tribunal al proveer esta tercera demanda, por resolución de 9 de febrero de 2024 manifestó que aquella se ha ingresado erróneamente el código de procedimiento correspondiendo el código T07 es decir el correspondiente al arrendamiento y terminación inmediata por no pago de rentas y no el P08A sobre Procedimiento de Hacienda de mayor cuantía com

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la resolución apelada de 9 de febrero de 2024, dictada por el Tercer Juzgado Civil de Concepción en Causa rol C-741-2024 y en su lugar se ordena que se acoja a tramitación la demanda incoada en autos disponiendo el tribunal las correcciones que sean necesarias de realizar en el sistema computacional de ingreso, y distribución de causas, de ser necesario, a fin que la presente demanda sea ingresada y distribuida como corresponde a una demanda en juicio ordinario de hacienda. Devuélvase. Redacción de la ministra suplente, Jimena Troncoso Sáez. N°Civil-521-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción rtp Concepción, nueve de abril de dos mil veinticuatro. Vistos y Considerando: 1°).- Que el abogado de la demandante se ha alzado en contra de la resolución de fecha 9 de febrero pasado, dictada por el Tercer Juzgado Civil de Concepción en causa Rol N°741-2024, que resolvió tener por no presentada su demanda por no corresponder la materia al código con que se ingresó al sistema

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