JUZGADO DE GARANTIA DE YUNGAY

MINISTERIO PÚBLICO C/ WILSON ANTONIO LUNA BELTRAN

Rol

Fecha

9 de abril de 2024

Materia

VIOLACION DE MORADA. ART.144

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1° Que, la defensa ha apelado en contra de la resolución de fecha uno de abril del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de Yungay, que impuso al imputado Wilson Antonio Luna Beltrán la medida cautelar de prisión preventiva. 2° Que, en la especie no se han controvertidos los requisitos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, existiendo controversia sólo respecto de la necesidad de cautela y de la proporcionalidad de la medida cautelar impuesta. 3° Que, de las alegaciones efectuadas en estrados, teniendo en considerados la cantidad de delitos por los que ha sido formalizado el imputado, el contexto en que esta se produce, habiendo sido condenado recientemente por delitos cometidos en contra de la misma víctima y existiendo nuevas denuncias durante el presente año relacionadas con la misma dinámica de violencia, se estima que la libertad de Luna Beltrán resulta un peligro para la seguridad de la víctima, atendido que la condena anterior no resultó suficiente para disuadirlo de incurrir en nuevos ilícitos. En razón de lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 358 y 360 del Código Procesal Penal, se resuelve: Que se confirma la resolución apelada de fecha uno de abril de 2024. Téngase por notificados a los intervinientes presentes en la audiencia, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase. R.I.C. 386-2024 Penal.

Fallo

se resuelve: Que se confirma la resolución apelada de fecha uno de abril de 2024. Téngase por notificados a los intervinientes presentes en la audiencia, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase. R.I.C. 386-2024 Penal.

Texto Completo (Preview)

C.A. Chillán. Chillán, nueve de abril, de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: 1° Que, la defensa ha apelado en contra de la resolución de fecha uno de abril del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de Yungay, que impuso al imputado Wilson Antonio Luna Beltrán la medida cautelar de prisión preventiva. 2° Que, en la especie no se han controvertidos los requisitos estable

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