ANONIMIZADO
Rol
Fecha
8 de abril de 2024
Materia
OTROS PROCEDIMIENTOS MENORES
Resultado
DE FALLO
Hechos
Vistos: 1°.- Que habiéndose ratificado por las partes la solución colaborativa adoptada por los propios interesados. 2°.- Que sin perjuicio de lo anterior, se dictaron por el Centro De Medidas Cautelares resoluciones no obstante estar suspendido el procedimiento por orden del Tribunal Constitucional. Y lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley que crea los Tribunales de Familia, se resuelve: 1. Se deja sin efecto lo actuado en este procedimiento durante el tiempo que la causa estuvo suspendida, por resolución del Tribunal Constitucional. 2. Se revoca en lo apelado la resolución de fecha...
Fallo
se resuelve: 1. Se deja sin efecto lo actuado en este procedimiento durante el tiempo que la causa estuvo suspendida, por resolución del Tribunal Constitucional. 2. Se revoca en lo apelado la resolución de fecha...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, ocho de abril de dos mil veinticuatro. A los escritos folios 35 y 36: a todo, téngase presente. Vistos: 1°.- Que habiéndose ratificado por las partes la solución colaborativa adoptada por los propios interesados. 2°.- Que sin perjuicio de lo anterior, se dictaron por el Centro De Medidas Cautelares resoluciones no obstante estar suspendido el procedimiento por orden del
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