GUTIÉRREZ/CLINICA BICENTARIO S.P.A
Rol
Fecha
10 de abril de 2024
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el artículo 159 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que decreten medidas para mejor resolver, son inapelables, salvo que en ellas se disponga un informe de peritos o se abra un término especial de prueba, supuestos que no son el caso del presente recurso, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en subsidio por el demandante el veintiuno de marzo de dos mil veinticuatro, en contra de la resolución de dieciocho de marzo de dos mil veinticuatro. Devuélvase. N°Civil-4845-2024.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en subsidio por el demandante el veintiuno de marzo de dos mil veinticuatro, en contra de la resolución de dieciocho de marzo de dos mil veinticuatro. Devuélvase. N°Civil-4845-2024.
Texto Completo (Preview)
gail C.A. de Santiago Santiago, diez de abril de dos mil veinticuatro. Al folio N°3: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el artículo 159 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que decreten medidas para mejor resolver, son inapelables, salvo que en ellas se disponga un informe de peritos o se abra un término especial de prueba, supuestos
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