4º JUZGADO CIVIL DE SAN MIGUEL

INVERSIONES LUGAR COMUN SPA CON CLARINA AZOCAR NAVARRETE EIRL

Rol

Fecha

8 de abril de 2024

Materia

MONITORIO, COBRO RENTAS

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18-J del título III bis de la Ley 18.101, en el procedimiento monitorio sólo será apelable la resolución que se pronuncie respecto a la oposición del deudor, cuyo no es el caso de autos toda vez que se apela de la resolución que rechazó decretar la medida precautoria solicitada, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiaria interpuesto en contra de la resolución de seis de febrero del año en curso, en la causa rol C- 2703-2022 del Cuarto Juzgado Civil de San Miguel. Al folio 6: Estése al mérito de lo resuelto precedentemente. Archívese y devuélvase vía interconexión, en su oportunidad. Rol N°448-2024 Civil

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiaria interpuesto en contra de la resolución de seis de febrero del año en curso, en la causa rol C- 2703-2022 del Cuarto Juzgado Civil de San Miguel. Al folio 6: Estése al mérito de lo resuelto precedentemente. Archívese y devuélvase vía interconexión, en su oportunidad. Rol N°448-2024 Civil

Texto Completo (Preview)

CH(adb) San Miguel, ocho de abril de dos mil veinticuatro. A sus antecedentes el certificado del señor Relator. Vistos: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18-J del título III bis de la Ley 18.101, en el procedimiento monitorio sólo será apelable la resolución que se pronuncie respecto a la oposición del deudor, cuyo no es el caso de autos toda vez que se apela de la resolución q

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