CENTRO DE MEDIDAS CAUTELARES DE SANTIAGO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

27 de marzo de 2024

Materia

OTROS PROCEDIMIENTOS MENORES

Resultado

DIRIMIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Atendido el mérito de autos y lo dispuesto en el artículo 102 letra c) de la Ley N° 19.968, en relación con el numeral 9° del artículo 8° del mismo texto legal, se declara que es competente para continuar conociendo de esta causa el Juzgado de Familia de Pudahuel, a quién se remitirán los antecedentes. Comuníquese lo resuelto al Centro de Medidas Cautelares de Santiago. N°Familia-464-2024.

Fallo

se declara que es competente para continuar conociendo de esta causa el Juzgado de Familia de Pudahuel, a quién se remitirán los antecedentes. Comuníquese lo resuelto al Centro de Medidas Cautelares de Santiago. N°Familia-464-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de marzo de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de autos y lo dispuesto en el artículo 102 letra c) de la Ley N° 19.968, en relación con el numeral 9° del artículo 8° del mismo texto legal, se declara que es competente para continuar conociendo de esta causa el Juzgado de Familia de Pudahuel, a quién se remitirán los antecedentes. Comuníquese lo

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica