JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE COELEMU
ANONIMIZADO
Rol
Fecha
28 de marzo de 2024
Materia
ALIMENTOS
Resultado
INADMISIBLE
Texto Completo (Preview)
C.A. de Chillán GHS/gzz Chillán, veintiocho de marzo de dos mil veinticuatro. 1° Que el artículo 4° de la ley N° 14.908 dispone que la resolución que decrete los alimentos provisorios o la que se pronuncie provisionalmente sobre la solicitud de rebaja o cese de una pensión alimenticia, será susceptible del recurso de reposición con apelación subsidiaria. 2° Que la parte demandante se opuso a la fi
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