2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

AGENCIA DE ADUANAS PEDRO SANTIBAÑEZ LUCO LIMITADA/INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE SANTIAGO

Rol

Fecha

8 de abril de 2024

Materia

RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1) Que el recurso de apelación, en materia laboral, procede contra las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fijen el monto de liquidaciones o reliquidaciones de beneficios de seguridad social. 2) Que, conforme el artículo 453 Nº1 inciso 6 del Código del Trabajo, en aquellos casos en que el Tribunal acoja en audiencia la excepción de incompetencia, la apelación deberá ser interpuesta verbalmente en aquella ocasión. 3) Que en mérito de lo expuesto, y constando que en audiencia de siete de marzo pasado el tribunal acogió una excepción de incompetencia, sin que el demandante dedujere apelación verbal, impugnando posteriormente y de forma escrita tal decisión, el presente recurso no puede prosperar. Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículo 453 N°1, del Código del Trabajo y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por escrito con fecha trece de marzo de dos mil veinticuatro. N°Laboral - Cobranza-1028-2024.

Fallo

en mérito de lo expuesto, y constando que en audiencia de siete de marzo pasado el tribunal acogió una excepción de incompetencia, sin que el demandante dedujere apelación verbal, impugnando posteriormente y de forma escrita tal decisión, el presente recurso no puede prosperar. Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículo 453 N°1, del Código del Trabajo y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por escrito con fecha trece de marzo de dos mil veinticuatro. N°Laboral - Cobranza-1028-2024.

Texto Completo (Preview)

kom C.A. de Santiago Santiago, ocho de abril de dos mil veinticuatro. A los folios 2, 3 y 4; a todo, estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1) Que el recurso de apelación, en materia laboral, procede contra las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fijen el monto de liq

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