RIGEL SEGUROS DE VIDA S.A./
Rol
66610-2022
Fecha
3 de octubre de 2022
Materia
Policia Local
Resultado
SE DESESTIMA DE PLANO RECURSO DE QUEJA (M)
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1° Que el recurso de queja tiene, por exclusiva finalidad, corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de resoluciones de carácter jurisdiccional. 2° Que por medio del recurso interpuesto, se impugna la sentencia confirmatoria dictada por los ministros de la Corte de Apelaciones de Valparaíso conociendo de una apelación de la sentencia definitiva que acogió la demanda y condenó a pagar una indemnización, dictada por el Juzgado de Policía Local de Limache, sobre la base de la reiteración de las argumentaciones vertidas en las oportunidades procesales correspondientes, con lo que queda de manifiesto que la recurrente pretende discutir en sede disciplinaria un asunto ya resuelto a través de otros recursos legales, de lo que se colige que este arbitrio no aparece revestido de fundamento plausible. 3° Que como se dijo, los jueces recurridos, procedieron a confirmar atendido el mérito de los antecedentes, la resolución en alzada, dando cuenta de las razones también jurídicas para ello, lo que de suyo no puede importar una falta o abuso grave, desde que lo que hicieron fue decidir la cuestión sometida a su conocimiento, interpretando y valorando –labor privativa de los jueces- los antecedentes allegados a la causa, así como los preceptos legales atingentes al caso, y aplicando los mismos al caso concreto, sin que en ello exista como se dijo una infracción que pueda ser materia de conocimiento a través de este arbitrio de carácter disciplinario al no haber falta o abuso que corregir. De conformidad, además, con lo dispuesto en el Nº 19 del Auto Acordado de esta Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo de Recurso de Queja y letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se desestima de plano el recurso de queja interpuesto en lo principal por el abogado GIAN CARLO LORENZINI ROJAS, en representación de RIGEL SEGUROS DE VIDA S.A. Al primer otrosí: no ha lugar, esté a lo resuelto. Al segundo otrosí: a sus antecedent
Fallo
Fallo de Recurso de Queja y letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se desestima de plano el recurso de queja interpuesto en lo principal por el abogado GIAN CARLO LORENZINI ROJAS, en representación de RIGEL SEGUROS DE VIDA S.A. Al primer otrosí: no ha lugar, esté a lo resuelto. Al segundo otrosí: a sus antecedentes. Al tercer otrosí: téngase presente. Al escrito folio 101949-2022: a sus antecedentes. Al escrito folio 103172-2022: a todo: esté a lo resuelto. Regístrese y archívese. Rol Nº 66.610-2022. Pronunciado por la Segunda Sala integrada por los Ministros Sres. Manuel Antonio Valderrama R., Leopoldo Llanos S., Sra. María Teresa Letelier R., y los Abogados Integrantes Sres. Diego Munita L., y Gonzalo Ruz. No firma el Ministro Sr. Valderrama y el Abogado Integrante Sr. Munita, no obstante haber estado en la vista de la causa y acuerdo del fallo, por estar en comisión de servicios y ausente, respectivamente.
Texto Completo (Preview)
Santiago, tres de octubre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: 1° Que el recurso de queja tiene, por exclusiva finalidad, corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de resoluciones de carácter jurisdiccional. 2° Que por medio del recurso interpuesto, se impugna la sentencia confirmatoria dictada por los ministros de la Corte de Apelaciones de Valparaíso conociendo
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