SIN INFORMACION

FALCÓN/DOÑA MARTA BENITA ASIAIN MADARIAGA

Rol

Fecha

26 de marzo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA/COMUNICAR DE INMEDIATO

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 13 de marzo del presente año comparece don Max Troncoso Moreno, Defensor Penal Público Penitenciario, domiciliado en 1 poniente, edificio Campanario Oficina 15, Talca, interponiendo Recurso de Amparo en favor de JEANNETTE IVONNE FALCÓN ISLA, cédula nacional de identidad N°9.556.655-3, actualmente privada de libertad en calidad de condenada el Centro Penitenciario Femenino (CPF) de Talca, en contra de doña MARTA ASIAIN MADARIAGA, jueza titular del Juzgado de Garantía de Talca, por la decisión de no acoger a tramitación acción de amparo del artículo 95 del Código Procesal Penal afectando así la libertad personal y seguridad individual de la amparada. Explica que su representada es una mujer de 61 años de edad que, según informe de salud del CPF de Talca de junio de 2023, ingresó a la unidad el 10 de junio de 2022 con los siguientes diagnósticos: Asma bronquial; Diabetes mellitus tipo 2; Dislipidemia e Hipertrigliceridemia, informándose en esa oportunidad por el área de salud del recinto penitenciario que se encontraba estable dentro de sus patologías crónicas. Añade que se encuentra privada de libertad cumpliendo el saldo de las penas impuestas en las causas RIT N°3770-2022 y N°6645-2018, ambas del Juzgado de Garantía de Talca, registrando como fecha de término el 25 de septiembre de 2024 y restándole por cumplir 202 días. Sostiene que durante lo que va del año 2024 la salud de la amparada se ha ido deteriorando paulatinamente. En efecto, consta en correo electrónico del 7 de febrero de 2024, que la amparada estuvo hospitalizada en el Hospital Regional entre los días 4 y 5 de febrero por cuadro de dolor abdominal. Su diagnóstico de egreso fue colitis del lado izquierdo; sin embargo, el mismo correo electrónico señala que las molestias físicas no han cedido con el tratamiento indicado por médico, por lo que el 7 de febrero fue derivada nuevamente al Hospital Regional de Talca, ignorándose por la defensa el diagnóstico médi

Fundamentos

considerando su delicado estado de salud. Asimismo, precisa que la amparada antes de ser hospitalizada en el Hospital Regional de Talca se encontraba habitando en el módulo N°7 de condenadas (laboral), el que se encuentra habilitado a 16 internas, habitándolo hoy 20. En lo pertinente a la amparada, ella fue diagnosticada con TBC el 16 de febrero del presente año, indicándose inicio de terapia diaria, la cual fue administrada en la Unidad Penal por personal de salud. En primera instancia se mantuvo en aislamiento hasta el 29 de febrero, cuando el examen de control realizado daba cuenta que la paciente ya no estaba contagiando. Finalmente, informa que desde esa fecha diariamente ha recibido terapia por parte del personal de salud, hasta el día 6 de marzo, cuando es derivada al servicio de urgencia por ictericia y compromiso de estado general, quedando hospitalizada, situación que se mantiene hasta el día de hoy. QUINTO: Que, a folio N°4 comparecen Margarita Poblete Adasme y Sergio Pablo Pozo Rojas, abogados, mandatarios judiciales del tercero Hospital Regional de Talca, quienes acompañan informe médico emitido por facultativa tratante de la amparada en el cual se indica que tiene el siguiente diagnóstico: tuberculosis pulmonar en tratamiento suspendido por sospecha de reacción adversa a terapia, bicitopenia (anemia -trombocitopenia) compromiso de agudeza visual; diabetes mellitus tipo 2 insulino requiriente; hipertensión arterial y asma bronquial. Adiciona que la paciente de 61 años se mantiene hospitalizada en Hospital de Talca desde el 6 de marzo de 2024, ingresando con reciente diagnóstico de tuberculosis pulmonar, en tratamiento, con compromiso hematológico y sistémico, ameritando estadía en UCI, sin requerimientos de ventilación mecánica invasiva ni drogas vasoactivas, con indicación de transfusiones de plaquetas y glóbulos rojos. En suma, la paciente actualmente se encuentra en recuperación de algunos parámetros hematológicos, con evaluaciones pendientes por los servicios de hematología y oftalmología. Al tener dichas evaluaciones se definirá reinicio de tratamiento antituberculoso, con pauta de reacciones adversas, introducción paulatina de cada fármaco, ameritando mantener hospitalizada y en aislamiento hasta definir manejo de tuberculosis y descarte de otras patologías hematológicas por el servicio de hematología. Dicho informe, fue complementado, mediante folio 15, en donde se acompaña nueva información emitida por la facultativa tratante que en lo pertinente indica se determina “un buen pronóstico en vista de que dicha patología es tratable con recuperación de la condición pulmonar, pero se estima l menos 1 mes más hospitalizada, debido a permanecer bacilífera, con alto riesgo producir contagios así como amerita llegar a dosis plena de terapia sin evidencia de reacciones adversas o en el caso de haber alguna, se realizará rotación a terapia de segunda línea según lo estima la unidad de respiratorio a cargo del programa de tuberculo

Fallo

por tanto, la amparada de ser dada de alta y trasladada a la unidad penal, deberá permanecer en su celda, siendo trasladada a la enfermería solo para las atenciones específicas que necesite, precisando que se cuenta solo con una camilla. Sobre el personal de salud, indica que se cuenta con un técnico paramédico las 24 horas del día y una profesional matrona en horario diurno, es decir, de lunes a viernes de 08.00 a 17.00 horas. Por todo lo antedicho, refiere que el CPF de Talca no cuenta con la infraestructura de hospitalización y de atención respiratoria, que resulta fundamental para la amparada Falcón Isla, considerando su delicado estado de salud. Asimismo, precisa que la amparada antes de ser hospitalizada en el Hospital Regional de Talca se encontraba habitando en el módulo N°7 de condenadas (laboral), el que se encuentra habilitado a 16 internas, habitándolo hoy 20. En lo pertinente a la amparada, ella fue diagnosticada con TBC el 16 de febrero del presente año, indicándose inicio de terapia diaria, la cual fue administrada en la Unidad Penal por personal de salud. En primera instancia se mantuvo en aislamiento hasta el 29 de febrero, cuando el examen de control realizado daba cuenta que la paciente ya no estaba contagiando. Finalmente, informa que desde esa fecha diariamente ha recibido terapia por parte del personal de salud, hasta el día 6 de marzo, cuando es derivada al servicio de urgencia por ictericia y compromiso de estado general, quedando hospitalizada, si

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Talca, veintiséis de marzo de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 13 de marzo del presente año comparece don Max Troncoso Moreno, Defensor Penal Público Penitenciario, domiciliado en 1 poniente, edificio Campanario Oficina 15, Talca, interponiendo Recurso de Amparo en favor de JEANNETTE IVONNE FALCÓN ISLA, cédula nacional de identidad N°9.556.655-3, actualmente priva

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