COMERCIALIZADORA JUANA CATALDO (C/ INSPECCION COMUNAL DEL TRABAJO STGO NORTE)
Rol
20865-2022
Fecha
30 de septiembre de 2022
Materia
Reforma Laboral
Resultado
RECHAZA RECURSO DE QUEJA (M)
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Jorge Alfaro Muñoz, abogado, en representación de la empresa Comercializadora Juana Cataldo e hijos Limitada, reclamante en causa Rit I-4O-2020 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre reclamación judicial de resolución administrativa, tramitada de conformidad con lo dispuesto en los artículos 511 y 512 del Código del Trabajo, deduce recurso de queja en contra de los ministros de la Corte de Apelaciones de esta ciudad Sr. Omar Astudillo Contreras, Sr. Fernando Carreño Ortega y la ministra Sra. Lilian Leyton Varela, por haber dictado con grave falta o abuso la sentencia de dos de junio del año en curso, por medio de la cual rechazaron el recurso de nulidad deducido por la parte reclamante en contra de la decisión del tribunal a quo que rechazó la reclamación deducida en contra de la resolución administrativa dictada por la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Norte. Segundo: Que informando los jueces recurridos refieren que desestimaron el recurso de nulidad sobre la base de las argumentaciones que contiene la sentencia que por esta vía se impugna, remitiéndose a ellas. Tercero: Que el recurso de queja se encuentra contemplado en el Título XVI del Código Orgánico de Tribunales, que trata "De la jurisdicción disciplinaria y de la inspección y vigilancia de los servicios judiciales", y está reglamentado en su párrafo primero que lleva el epígrafe de "Las facultades disciplinarias". Cuarto: Que, conforme al artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, el recurso de queja sólo procede en contra de sentencias definitivas o interlocutorias que ponen término al juicio o hacen imposible su prosecución y siempre que no sean susceptibles de ningún otro recurso, sea ordinario o extraordinario. Quinto: Que la resolución que se impugna en estos antecedentes, esto es, aquella referida en la motivación primera, no participa de la naturaleza jurídica de aquellas que el citado artículo 545 describe, pues se limit
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 548 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se rechaza el recurso de queja interpuesto por don don Jorge Alfaro Muñoz, en representación de la empresa Comercializadora Juana Cataldo e hijos Limitada. Se previene que la ministra Sra. Gajardo concurre a la decisión de rechazar el recurso de queja, teniendo únicamente presente que no aparece evidenciada la falta o abuso que se invoca, desde que el quejoso con su propio actual limitó la competencia de la judicatura del fondo, al entablar su reclamo conforme a lo dispuesto en el artículo 512 del Código del Trabajo. Regístrese y agréguese copia autorizada de la presente resolución a la carpeta tenida a la vista, la que deberá devolverse en su oportunidad. Hecho, archívense. Nº 20.865-2022.- Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señoras Gloría Ana Chevesich R., María Cristina Gajardo H., el ministro suplente señor Raúl Mera M., y las abogadas integrantes señora Carolina Coppo D., y Leonor Etcheberry C. No firma el ministro suplente señor Mera, obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, por haber terminado su periodo de suplencia. Santiago, treinta de septiembre de dos mil veintidós.
Texto Completo (Preview)
Santiago, treinta de septiembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Jorge Alfaro Muñoz, abogado, en representación de la empresa Comercializadora Juana Cataldo e hijos Limitada, reclamante en causa Rit I-4O-2020 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre reclamación judicial de resolución administrativa, tramitada de conformidad con lo dispuesto en
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