SANCHEZ VALENZUELA CONTRA SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL
Rol
Fecha
26 de marzo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: 1°.- Comparece doña Flavia Marcela Alarcón Gavilán en representación de don Ángel Custodio Sánchez Valenzuela, ambos domiciliados en calle Thompson n° 348, Población Los Naranjos de la Comuna de Quillón, interponiendo recurso de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social. Refiere en su presentación, y como fundamento de la acción constitucional por ella interpuesta, que con fecha 20 de diciembre de 2000, Ángel Sánchez Valenzuela, tuvo un siniestro laboral, otorgándole la recurrida en el mes de agosto de 2001, una pensión de invalidez parcial en conformidad a la ley 16.744. Plantea que tuvo un nuevo accidente el 31 de mayo de 2003, el cual, por resolución N° 091018918 del 12 de diciembre del 2018, la Asociación Chilena de Seguridad lo diagnostica con grado total de discapacidad de 85. Sin modificar la base de cálculo de la pensión en base a los artículos 61 y 62 de la ya mencionada ley. De ahí, presenta un reclamo a en contra de la ACHS, estimando que el 85 de la capacidad de ganancia, que se le ha asignado, no corresponde a una revisión adicional de su infortunio original, sino de nuevas patologías que ameritan un cambio de la base de cálculo utilizada anteriormente para su beneficio primitivo; reclamo que fue rechazado por la recurrida por resolución exenta N° R-01-ISESAT-24787-2019, de fecha 22 de julio del 2019, lo que fuera confirmado por la resolución exenta n° R-01-ISESAT-16317-2000 de fecha 28 de febrero de 2020, considerándose que no hay nuevos antecedentes que amerite la modificación de la base del cálculo. Sostiene que, luego de pasar por la respectiva comisión evaluadora, presentando los cuadros clínicos de túnel carpiano en ambas manos y quistes sinoviales de ambas muñecas, un 85 de capacidad de ganancia, pasa a percibir una pensión de invalidez total, a contar del 22 de noviembre de 2018, por un monto de $654.919. Expone que la Superintendencia de Pensiones, ha hecho caso omiso a la ley 16.744, en los artículos 61 y 62,
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución y Auto acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por doña Flavia Marcela Alarcón Gavilán en representación de don Ángel Custodio Sánchez Valenzuela. Regístrese y, en su oportunidad, archívese. Redacción de la abogada integrante Paula Cornejo Baraona, quien no firma por no haber integrado hoy. Rol 108-2024 - Protección
Texto Completo (Preview)
Chillán, veintiséis de marzo de dos mil veinticuatro. Vistos: 1°.- Comparece doña Flavia Marcela Alarcón Gavilán en representación de don Ángel Custodio Sánchez Valenzuela, ambos domiciliados en calle Thompson n° 348, Población Los Naranjos de la Comuna de Quillón, interponiendo recurso de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social. Refiere en su presentación, y como fundame
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica