ANONIMIZADO
Rol
Fecha
26 de marzo de 2024
Materia
ALIMENTOS, REBAJA
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1° Que la existencia de las pensiones de alimentos pagadas a los alimentarios MARTÍN y ANDREA es un antecedente que se consideró al momento de la fijación de los alimentos y que la circunstancia de haber contraído el actor matrimonio no es un hecho que por sí mismo incide en su capacidad económica considerando que éste a su vez se celebró en forma previa a la sentencia de termino que fijó la pensión de alimentos. 2° Que el finiquito acompañado a folio 1, no puede ser considerado como un antecedente válido para acreditar el cambio de circunstancias del actor, atendido a que la causal de término de la relación laboral no se...
Texto Completo (Preview)
La Serena, veintiséis de marzo de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1° Que la existencia de las pensiones de alimentos pagadas a los alimentarios MARTÍN y ANDREA es un antecedente que se consideró al momento de la fijación de los alimentos y que la circunstancia de haber contraído el actor matrimonio no es un hecho que por sí mismo incide en su capacidad económica considerando que éste
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