BANCO SANTANDER CHILE/GONZÁLEZ
Rol
Fecha
26 de marzo de 2024
Materia
APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA
Resultado
REVOCA Y OMITE PRONUNCIAMIENTO
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus
Fundamentos
considerandos Decimotercero, Decimocuarto, Decimoquinto, Decimosexto, Decimoséptimo y Decimoctavo, que se eliminan. Y se tiene en su lugar y, además, presente: 1° Que, si bien el querellante demostró su calidad de cliente del Banco Santander denunciado, no acreditó en autos la participación del referido banco en los hechos denunciados, tal como lo señala la sentencia apelada en su considerando Octavo, ni probó los demás hechos que sirven de fundamento a su denuncia, lo que conlleva necesariamente el rechazo de la acción infraccional deducida. 2° Que, en esta instancia, las partes comparecieron en audiencia de conciliación, logrando un acuerdo en relación a la sección civil del asunto, lo que puso fin a sus diferencias. 3° Que, teniendo especialmente presente tal determinación y atento lo antes expresado en torno a la pretensión infraccional interpuesta, estos juzgadores no logran adquirir convicción acerca de haber existido alguna falta en la que hubiera podido incurrir la querellada infraccional. 4° Que, en razón de lo señalado, se desestimará la acción infraccional impetrada, sin que sea necesario hacerse cargo de la sección civil, precisamente porque existe equivalente jurisdiccional a su respecto, como tampoco de las demás alegaciones de la denunciada por resultar innecesario en atención a lo que se resolverá.
Fallo
Por estas consideraciones y de acuerdo, además, a lo prevenido en el artículo 32 y siguientes de la Ley 18.287, se revoca la sentencia apelada de uno de octubre de dos mil veintiuno, pronunciada por el Primer Juzgado de Policía Local de Santiago, que accedió a una denuncia e impuso sanción infraccional y, en su lugar se declara que aquella queda rechazada, absolviéndose a la demandada o querellada infraccional. Se omite pronunciamiento respecto de la acción civil, por existir acuerdo al respecto. Cada parte pagará sus costas. Redactó el fiscal judicial suplente Hernán García Mendoza. Regístrese y devuélvase. Rol N°6-2022 Policía Local. Pronunciada por la Décima Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, integrada por los Ministros Sra. Carolina Vásquez Acevedo, Sra. Celia Olivia Catalán Romero y el fiscal judicial suplente Hernán García Mendoza. No firma el fiscal judicial suplente Hernán García Mendoza por no encontrarse en funciones.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintiséis de marzo de dos mil veinticuatro. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus considerandos Decimotercero, Decimocuarto, Decimoquinto, Decimosexto, Decimoséptimo y Decimoctavo, que se eliminan. Y se tiene en su lugar y, además, presente: 1° Que, si bien el querellante demostró su calidad de cliente del Banco Santander denunciado, no acreditó en autos la
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