RETAMALES FARIAS CARLOS ALBERTO / RECINTO ESPECIAL PENITENCIARIO DE ALTA SEGURIDAD
Rol
Fecha
26 de marzo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 14 de marzo del año en curso, comparece el abogado Carlos Vera Campos, quien deduce acción de amparo constitucional en favor de Carlos Alberto Retamales Farías, interno en el Recinto Especial Penitenciario de Alta Seguridad (REPAS), y en contra de Gendarmería de Chile, por los actos que denuncia. Expone el recurrente que el amparado se encuentra cumpliendo la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, como autor del delito de falsificación de documentos públicos, encontrándose además imputado en la causa RIT 9840-2020, del 14º Juzgado de Garantía de Santiago por los delitos de tráfico de drogas, lavado de dinero y estafa. Manifiesta en lo que respecta al recurso, que la recurrida dispuso el traslado del interno desde el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II al REPAS, utilizando como antecedente que sustenta dicha decisión “medidas de seguridad penitenciarias”. Argumenta la defensa que actualmente el amparado esta privado de libertad en condiciones excepcionales, establecidas en la Resolución Exenta Nº 2081 de 24 de marzo de 2023, del Director Nacional de GENCHI, y de manera subsidiaria por el artículo 28 del Reglamento de Establecimientos penitenciarios, señalando que desconoce si el acto administrativo de internación se encuentra debidamente fundado, conforme lo dispone el artículo 11 inciso 2º de la Ley Nº 19.880, y si la permanencia en dicho recinto ha sido revisada con la periodicidad dispuesta en la Resolución referida. Indica adicionalmente que la decisión de traslado de un interno a recintos como el de autos no puede ser arbitraria, y debe tener en consideración el principio rector de la ejecución de la pena, a saber la resocialización del condenado, lo que cobra mayor sentido en estas circunstancias, toda vez que en las cárceles de alta seguridad se aplican regímenes muy estrictos, pudiendo ser sometidos a aislamiento especialmente extenso, y contacto limitado con el personal y otros interno
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo dispuesto en el artículo 21 de la Carta Fundamental y Auto Acordado sobre tramitación de la presente acción cautelar, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Carlos Alberto Retamales Farías. Regístrese, comuníquese y archívese. N° Amparo 677-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de marzo de dos mil veinticuatro. Proveyendo al escrito folio 8: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 14 de marzo del año en curso, comparece el abogado Carlos Vera Campos, quien deduce acción de amparo constitucional en favor de Carlos Alberto Retamales Farías, interno en el Recinto Especial Penitenciario de Alta Seguridad (
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