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Rol
Fecha
26 de marzo de 2024
Materia
OTROS PROCEDIMIENTOS MENORES
Resultado
ARCHÍVESE
Hechos
Vistos: Atendido que no existe contienda de competencia trabada entre el Juzgado de Familia de Casablanca y el Juzgado de Familia de Melipilla toda vez que éste último no devolvió los antecedentes al tribunal que declinó la competencia a fin de que dicho tribunal resolviera si insistía o no en su incompetencia, elevando, en su caso, la contienda al tribunal de alzada competente, vuelvan los autos al tribunal a quo a fin de que, en el plazo de veinticuatro horas, remita los antecedentes al Juzgado de Familia de Casablanca para que éste dicte las resoluciones que en derecho corresponda y, en su caso, se observe lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 190 del...
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Ch(cps) San Miguel, veintiséis de marzo de dos mil veinticuatro Vistos: Atendido que no existe contienda de competencia trabada entre el Juzgado de Familia de Casablanca y el Juzgado de Familia de Melipilla toda vez que éste último no devolvió los antecedentes al tribunal que declinó la competencia a fin de que dicho tribunal resolviera si insistía o no en su incompetencia, elevando, en su caso, l
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