PAEZ SIMANCAS MARCEL JESUS/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
26 de marzo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE Primero: Comparece don Eduardo Rivera Plummer, abogado, por el condenado don Marcel Jesus Páez Simanca, venezolano, actualmente interno en el C.C.P Chillán, quien interpone acción Constitucional de Amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, quien decretó la expulsión del amparado, condicionado al cumplimiento de su condena, de conformidad al artículo 135 de la ley 21.325 , atendido que actualmente, se encuentra cumpliendo condena de 5 años y un día por el delito de robo con intimidación en causa RIT O-1080-2022 del Juzgado de Garantía de Chillán, solicitando que se deje sin efecto lo dispuesto en dicha norma y se de curso a la expulsión del amparado. Indica que el recurrente postuló al beneficio contemplado en el artículo 33 de la Ley 18.216, cuya audiencia tuvo lugar el día 16 de febrero del año en curso, beneficio que no fue concedido por el Juzgado de Garantía de Chillán, atendido que el informe del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chillán, resultó desfavorable por falta de intervención en áreas criminógenas, precisamente, en orientación pro criminal, pares, uso de tiempo libre, educación/empleo, familia/pareja, patrón antisocial y habilidades de autocontrol. Sostiene que la posibilidad del amparado de acceder a algún beneficio penitenciario es difícil, atendido que requiere arraigo familiar y planes de intervención: su madre, según indica el informe, se encuentra en Perú y su padre en Venezuela, por lo que la posibilidad que pueda encontrar una reinserción social a través de Gendarmería, se hace difícil. Señala que junto a la tramitación de la pena mixta, se dio curso a la expulsión por el Servicio Nacional de Migración, orden que actualmente se encuentra suspendida, atendido el cumplimiento de la condena, conforme lo dispuesto en el artículo 135 de la ley 21.325. ´ Por ello, pide que se obtenga del Servicio Nacional de Migraciones, el curso legal para materializar la expulsión del amparado hacia su país de
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República se rechaza la acción de amparo deducida en favor de Marcel Jesús Paez Simancas en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese y en su oportunidad archívese. N°Amparo-688-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de marzo de dos mil veinticuatro. A los folios 10 y 11; a todo, téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE Primero: Comparece don Eduardo Rivera Plummer, abogado, por el condenado don Marcel Jesus Páez Simanca, venezolano, actualmente interno en el C.C.P Chillán, quien interpone acción Constitucional de Amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones,
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