23º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

SERVIPRO INVERSIONES/EBEMA S.A.

Rol

Fecha

4 de abril de 2024

Materia

FACTURA, NOTIFICACIÓN DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213 del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la parte demandante con fecha veinticuatro de febrero pasado, en contra de la resolución dictada con fecha veintitrés de febrero de dos mil veinticuatro. Comuníquese. N°Civil-4217-2024.(cuaderno principal)

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213 del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la parte demandante con fecha veinticuatro de febrero pasado, en contra de la resolución dictada con fecha veintitrés de febrero de dos mil veinticuatro. Comuníquese. N°Civil-4217-2024.(cuaderno principal)

Texto Completo (Preview)

rbm C.A. de Santiago Santiago, cuatro de abril de dos mil veinticuatro. Al folio 3: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a

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