SANDRA VERONICA PEÑA MOLINA/SERVICIO MEDICO LEGAL
Rol
Fecha
25 de marzo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: Teniendo presente que del relato contenido en el libelo, se advierte que esta Corte no puede resguardar las garantías fundamentales invocadas por esta vía, toda vez que los mismos hechos objeto del recurso fueron conocidos y resueltos por un tribunal especializado como lo es el Juzgado del Trabajo de Concepción, y que en lo demás pretendido, la relación de los hechos no da cuenta de una vulneración en la esencia de las garantías fundamentales amparadas por esta vía recursiva; por ello y de conformidad con lo dispuesto en el N° 2 inciso segundo del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara inadmisible el recurso de protección deducido. Al primer otrosí: A sus antecedentes. Al segundo otrosí: Téngase presente. Al escrito folio 70634 (2): A sus antecedentes. Archívese. N°Protección-3109-2024.
Fallo
Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara inadmisible el recurso de protección deducido. Al primer otrosí: A sus antecedentes. Al segundo otrosí: Téngase presente. Al escrito folio 70634 (2): A sus antecedentes. Archívese. N°Protección-3109-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción SYS/jcd Concepción, veinticinco de marzo de dos mil veinticuatro. Al recurso folio 70492 (1): A lo principal y tercer otrosí: Visto: Teniendo presente que del relato contenido en el libelo, se advierte que esta Corte no puede resguardar las garantías fundamentales invocadas por esta vía, toda vez que los mismos hechos objeto del recurso fueron conocidos y resueltos por un tribun
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