JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE PUERTO WILLIAMS

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

25 de marzo de 2024

Materia

OTRAS MATERIAS

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: Atendido que se ha dado cuenta por la apelante que se dejó sin efecto la medida cautelar consagrada en el artículo 71 letra d) de la ley N° 19.968, la cual motivó el apercibimiento decretado a su respecto, y apareciendo de los antecedentes que efectivamente con fecha catorce de marzo pasado se puso término al procedimiento en virtud de una solución colaborativa con las partes, se observa que la situación que motivó la apelación ha sido modificada y, por tanto, ha perdido oportunidad. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 67 N°2 de la Ley N°19.968 sobre Tribunales de Familia, SE REVOCA, en lo...

Fallo

por tanto, ha perdido oportunidad. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 67 N°2 de la Ley N°19.968 sobre Tribunales de Familia, SE REVOCA, en lo...

Texto Completo (Preview)

Punta Arenas, veinticinco de marzo de dos mil veinticuatro. VISTOS: Atendido que se ha dado cuenta por la apelante que se dejó sin efecto la medida cautelar consagrada en el artículo 71 letra d) de la ley N° 19.968, la cual motivó el apercibimiento decretado a su respecto, y apareciendo de los antecedentes que efectivamente con fecha catorce de marzo pasado se puso término al procedimiento en virt

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